Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 22-02-2024
Casarrubuelos (BOCM-20240222-43)
Régimen económico. Padrones fiscales
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Régimen económico. Padrones fiscalesPág. 100
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE FEBRERO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 45
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
43
CASARRUBUELOS
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240222-43
Aprobado definitivamente por decreto número 0202, de esta Alcaldía, dictado con fecha 13 de febrero de 2024, el padrón del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica,
referido al ejercicio 2024, a efectos de la sumisión de los mismos a trámite de información
pública, por medio del presente anuncio, se exponen al público en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón municipal de edictos, por el plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones,
alegaciones o reclamaciones, por convenientes, tengan.
Contra el acto de aprobación del citado padrón, podrá interponerse recurso previo de
reposición ante la Alcaldía-Presidencia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del término de exposición pública, de acuerdo con cuanto establece el
artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio,
por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se pone en conocimiento de
los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario del impuesto sobre
vehículos de tracción mecánica del ejercicio 2024, en:
— Entidades colaboradoras: Caixabank y Banco Santander.
— Plazo de ingreso: del 1 de marzo al 6 de mayo de 2024, ambos inclusive.
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los
intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del
procedimiento de apremio.
En Casarrubuelos, a 13 febrero de 2024.—El alcalde, Vicente José Astillero Ballesteros.
(01/2.441/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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