Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 27-02-2024

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
27/02/2024

Valdemoro (BOCM-20240227-77)

Urbanismo. Estatutos Junta Compensación

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Urbanismo. Estatutos Junta Compensación
Página 1 del anuncio BOCM
B.O.C.M. Núm. 49

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE FEBRERO DE 2024

Pág. 231

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
77

VALDEMORO

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Valdemoro en sesión Ordinaria celebrada el día 9 de enero de 2024, adoptó entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar definitivamente la Modificación de los artículos 14, 23 y 29.1 de
los Estatutos de la Junta de Compensación del Sector R-10N “El Majuelo Norte” que queda redactado como sigue:
Donde dice:
“Art. 14. Convocatorias.—La convocatoria a la asamblea general será realizada por
Consejo Rector, con una antelación mínima de cinco día a la fecha de la reunión, mediante
carta remitida por correo certificado a los miembros de la Junta, por citación personal a cada
uno de ellos o por cualquier otro medio, incluso fax, que permita dejar constancia de su envío
y recepción. En la citación y anuncio se expresará el carácter ó clase de la asamblea, el días,
lugar y hora de la reunión en primera convocatoria y el orden del día de los asuntos a tratar.
Salvo que la convocatoria establezca expresamente otras circunstancias, se entenderá
que la segunda convocatoria de la reunión se referirá al mismo lugar y fecha, treinta minutos después de la hora establecida para la primera.
También podrá ser convocada asamblea general ordinaria por cualquier miembro de la
Junta, si el Consejo Rector no lo hubiera hecho en los plazos establecidos para su celebración en el artículo 12 de los presentes estatutos. En los supuestos en que la convocatoria de
la asamblea general extraordinaria hay sigo instada desde Consejo Rector por miembros de
la Junta, conforme al artículo anterior, éste deberá convocar la asamblea para dentro de los
treinta días siguientes a la fecha de la solicitud, y si no lo hiciera, podrán convocarla directamente los miembros de la Junta, que la hubieran solicitado para su celebración, dentro del
plazo de otros treinta días”.
Debe decir:
“Art. 14. Convocatorias.—La convocatoria a la asamblea general será realizada por
Consejo Rector, con una antelación mínima de cinco día a la fecha de la reunión, mediante carta remitida por correo certificado a los miembros de la Junta, por citación personal a
cada uno de ellos o por cualquier otro medio, incluso telemático que permita dejar constancia de su envío y recepción, reputándose válidas éstas siempre que se dirijan al domicilio ó
dirección de correo electrónico y contenga la solicitud de confirmación de lectura o cualesquiera otros medios que permitan obtener prueba de su emisión o recepción. En la citación
y anuncio se expresará el carácter ó clase de la asamblea, el días, lugar y hora de la reunión
en primera convocatoria y el orden del día de los asuntos a tratar.
Salvo que la convocatoria establezca expresamente otras circunstancias, se entenderá
que la segunda convocatoria de la reunión se referirá al mismo lugar y fecha, treinta minutos después de la hora establecida para la primera.
También podrá ser convocada asamblea general ordinaria por cualquier miembro de la
Junta, si el Consejo Rector no lo hubiera hecho en los plazos establecidos para su celebración en el artículo 12 de los presentes estatutos. En los supuestos en que la convocatoria de
la asamblea general extraordinaria hay sigo instada desde Consejo Rector por miembros de
la Junta, conforme al artículo anterior, éste deberá convocar la asamblea para dentro de los
treinta días siguientes a la fecha de la solicitud, y si no lo hiciera, podrán convocarla directamente los miembros de la Junta, que la hubieran solicitado para su celebración, dentro del
plazo de otros treinta días.
Por circunstancias justificadas y a criterio del Consejo Rector, también se podrá asistir a las reuniones de la Asamblea General por medio telemáticos, que garanticen debidamente la identidad del sujeto y su participación en la misma y que aseguren por medios audiovisuales o telefónicos la interactividad e intercomunicación entre los asistentes en
tiempo real y, por tanto, la unidad de acto. En este caso, se hará constar en la convocatoria
el sistema de conexión y, en su caso, los lugares en los que estarán disponibles los medios
técnicos necesarios para asistir y participar en la reunión.

BOCM-20240227-77

URBANISMO

Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 27-02-2024

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