Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 05-03-2024
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240305-45)
Convenio – Convenio de colaboración de 19 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Universidad de las Palmas de Gran Canaria, para el desarrollo del prácticum del alumnado de los grados de Magisterio, Pedagogía y Psicología durante el curso escolar 2023-2024 en centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid
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Convenio – Convenio de colaboración de 19 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Universidad de las Palmas de Gran Canaria, para el desarrollo del prácticum del alumnado de los grados de Magisterio, Pedagogía y Psicología durante el curso escolar 2023-2024 en centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de MadridPág. 188
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE MARZO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 55
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
45
CONVENIO de colaboración de 19 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de
Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Universidad de
las Palmas de Gran Canaria, para el desarrollo del prácticum del alumnado de los
grados de Magisterio, Pedagogía y Psicología durante el curso escolar 2023-2024
en centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a 19 de diciembre de 2023.
REUNIDOS
De una parte, don David Cervera Olivares, Director General de Bilingüismo y Calidad
de la Enseñanza, nombrado por Decreto 198/2023, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de
la Comunidad de Madrid, con competencia delegada en materia de celebración de convenios con universidades para el desarrollo de prácticas de grado en Magisterio, Pedagogía y
Psicología, máster universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria
Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas y de la formación equivalente, por la Orden 11634/2012, de 27 de noviembre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se desconcentran y delegan determinadas competencias en los titulares de diferentes centros directivos de la Consejería.
De otra parte, don Luis Serra Majem, en calidad de Rector Magnífico de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, nombrado mediante Decreto de la Presidencia del Gobierno de Canarias 11/2021, de 9 de marzo, publicado el 11 de marzo de 2021 en el “Boletín
Oficial de Canarias”, en nombre y representación de la misma en virtud de las competencias
que le corresponden según el artículo 50.1, 2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo,
del Sistema Universitario y en uso de la facultad atribuida por los artículos 78, 81.a) y 137
de los Estatutos de la Universidad, aprobados Decreto 107/2016, de 1 de agosto, del Gobierno de Canarias (BOC número 153, de 09.08.2016), y por Decreto 138/2016, de 10 de
noviembre, de modificación de los Estatutos de la ULPGC (BOC número 224, de 18 de noviembre de 2016).
Reconociéndose recíprocamente competencia y capacidad legal suficiente para obligarse a tal efecto
EXPONEN
El artículo 100.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece
que la formación inicial del profesorado se ajustará a las necesidades de titulación y cualificación requeridas por la ordenación general del sistema educativo. Asimismo, su contenido garantizará la capacitación adecuada de todos los docentes para afrontar los retos del sistema educativo y adaptar las enseñanzas a las nuevas necesidades formativas.
Igualmente establece el artículo 100.2 de la mencionada norma que, para ejercer la docencia en las diferentes enseñanzas reguladas en la presente Ley, será necesario estar en posesión de las titulaciones académicas correspondientes y tener la formación pedagógica y
didáctica que el Gobierno establezca para cada enseñanza.
Finalmente, el artículo 100.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación,
determina que corresponde a las Administraciones educativas establecer los convenios
oportunos con las universidades para la organización de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el apartado anterior.
BOCM-20240305-45
Primero
Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 05-03-2024
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