Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 07-03-2024
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240307-22)
Convenio – Convenio de colaboración de 16 de febrero de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y la Asociación Generando Realidades, para ayudar y acompañar a personas y a grupos vulnerables en un proceso de auto indagación que les apoye en la definición de sus objetivos vitales y en la elaboración de un plan de acción que les ayude en su consecución
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Convenio – Convenio de colaboración de 16 de febrero de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y la Asociación Generando Realidades, para ayudar y acompañar a personas y a grupos vulnerables en un proceso de auto indagación que les apoye en la definición de sus objetivos vitales y en la elaboración de un plan de acción que les ayude en su consecuciónPág. 64
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 7 DE MARZO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 57
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
22
CONVENIO de colaboración de 16 de febrero de 2024, entre la Comunidad de
Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y la
Asociación Generando Realidades, para ayudar y acompañar a personas y a
grupos vulnerables en un proceso de auto indagación que les apoye en la definición de sus objetivos vitales y en la elaboración de un plan de acción que les ayude en su consecución.
En Madrid, a 16 de febrero de 2024.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. Dña. Ana Dávila-Ponce de León Municio, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el
que se nombra Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, en virtud de su cargo y de
las facultades que le confiere el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019,
de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Actúa, asimismo, en calidad de Presidenta del Consejo de Administración de la Agencia
Madrileña de Atención Social y representante legal de la misma, a tenor de lo dispuesto en
el artículo 12 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, Reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, en relación con el apartado cinco.1.a) del artículo 5 de
la Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
De otra parte, Sra. Dña. Beatriz García de la Rosa Expósito, con DNI ***8500** en
representación de la Asociación Generando Realidades, en calidad de Presidenta, nombrada el 2 de octubre de 2022, de la asociación inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones, con el número nacional 614913 y CIF: G-88008750.
Reconociéndose las partes mutua y recíprocamente la competencia y capacidad jurídica suficiente para suscribir los compromisos derivados del presente Convenio y quedar
obligadas en la representación en que efectivamente intervienen, a tal efecto,
MANIFIESTAN
Primero
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 38/2023, de 23 de junio,
de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, se crea la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
Que por Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales,
el titular de la misma ejercerá las competencias que tiene atribuidas por el artículo 41 de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, y demás disposiciones en vigor, correspondiéndole el desarrollo general, la coordinación, la dirección y la ejecución de las políticas del Gobierno en
materia de cohesión e inclusión social, servicios sociales, familia, protección del menor y de
la mujer, atención a personas mayores, dependientes y con discapacidad, promoción social
y fomento del voluntariado, atención a la dependencia, inmigración y cooperación al desarrollo, promoción y consecución de la igualdad real y efectiva entre hombre y mujeres, así
como lucha contra toda clase de discriminación y contra la violencia de género.
BOCM-20240307-22
Segundo
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