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Boletín Oficial Comunidad Madrid
08/03/2024

Galapagar (BOCM-20240308-51)

Organización y funcionamiento. Régimen dedicación

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Organización y funcionamiento. Régimen dedicación
Página 1 del anuncio BOCM
Pág. 202

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 8 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 58

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
51

GALAPAGAR

Modificación régimen de dedicaciones y retribuciones de los miembros de la Corporación: Mandato Corporativo 2023-2027.
Por Decreto de la Alcaldía-Presidencia número 731/2024, de 26 de febrero, la alcaldesapresidenta, doña Carla Isabel Greciano Barrado, en virtud de las facultades atribuidas a la
Alcaldía en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local, en relación con los artículos 43 y siguientes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre, ha resuelto:
Primero.—Asignar la retribución, aprobada por el Pleno, de 52.000 euros brutos anuales, más los incrementos salariales correspondientes, en régimen de dedicación exclusiva,
a la concejala-delegada especial, doña María Elena Álvarez Gómez, con efectos administrativos y económicos del día 1 de marzo de 2024.
Segundo.—Asignar la retribución, aprobada por el Pleno, de 41.000 euros brutos anuales,
más los incrementos salariales correspondientes, en régimen de dedicación parcial (75%), a la
concejala-delegada especial, doña Carmen María Pérez Arellano, con efectos administrativos
y económicos del día 1 de marzo de 2024.
Tercero.—Ordenar su publicación, mediante inserción de un edicto en el Boletín Oficial
y en el tablón edictal, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 75.5 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Cuarto.—Notificar esta resolución a los interesados que, de acuerdo con lo que dispone la normativa en vigor y lo aquí acordado, deberán presentar en el Departamento de Recursos Humanos y/o Secretaría de este Ayuntamiento declaración responsable en la que se
verifique el desempeño efectivo del cargo en el régimen de dedicación asignado y desde la
fecha de efecto propuesta, así como la aceptación del interesado y la declaración de que, en
el momento al que se retrotraen los efectos, no se vulneraba el régimen de incompatibilidades exigido; quedando el efecto retroactivo de las asignaciones resueltas condicionado a la
cumplimentación de este requisito.
Quinto.—Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cualquier interesado en este procedimiento podrá interponer los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo un recurso de reposición que deberá presentar dentro del
plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a aquel en el que se notifique esta
resolución, según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
b) Un recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo ContenciosoAdministrativo de la ciudad de Madrid, recurso que deberá presentar en el plazo de
dos meses, a contar desde el día siguiente a aquel en el que se notifique esta resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LJCA).
No obstante, lo anterior, también podrá interponer cualquier reclamación o recurso que
estime pertinente, ante cualquier órgano o autoridad.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Galapagar, a 28 de febrero de 2024.—La alcaldesa-presidenta, Carla I. Greciano
Barrado.
(03/3.264/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20240308-51

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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