Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 27-03-2024
Madrid (BOCM-20240327-78)
Secretaría de Gobierno. Nombramiento juez de paz de Collado Mediano
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Secretaría de Gobierno. Nombramiento juez de paz de Collado MedianoB.O.C.M. Núm. 74
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE MARZO DE 2024
Pág. 213
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
78
MADRID
SECRETARÍA DE GOBIERNO
CERTIFICACIÓN DE ACUERDO DE LA SALA DE GOBIERNO
Don Sebastián Lastra Liendo, secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, con sede en Madrid.
Certifico: Que la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en
sesión celebrada el 18 de diciembre de 2023, ha adoptado el siguiente acuerdo:
3. Dos. Collado Mediano.—Nombramiento de juez de paz sustituto.
Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Collado Mediano,
realizada en comunicación del resultado del Pleno de 19 de noviembre de 2023 en la que se
propone como candidato para el cargo de juez de paz sustituto de la localidad a D.a Paris
Espinosa Prieto.
Atendiendo a los criterios establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el
Reglamento de los Jueces de Paz relativos al régimen de prohibiciones e incompatibilidades y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.
La Sala de Gobierno por unanimidad acuerda: Asumir la propuesta, realizada en comunicación del resultado del Pleno de 19 de noviembre de 2023 del Ayuntamiento de Collado Mediano y nombrar juez de paz sustituto del Juzgado de Paz de la localidad a D.a Paris Espinosa Prieto.
Con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al
Juzgado Decano de Primera Instancia e Instrucción de Collado Villalba, Partido Judicial al
que pertenece, al alcalde-presidente del Ayuntamiento de Collado Mediano, al Juzgado de
Paz de la misma localidad y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su
publicación.
Conforme a lo que establece el artículo 14.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio, de
los Órganos de Gobierno de Tribunales, contra los actos de las Salas de Gobierno, constituidas en pleno o en comisión, podrá interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los plazos, formas y
por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, disponiendo el artículo 122.1 de la citada
Ley 39/2015, que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el
acto fuera expreso.
Y para que conste extiendo la presente.
En Madrid, a 9 de enero del 2024.—El secretario de Gobierno, Sebastián Lastra Liendo.
BOCM-20240327-78
(03/4.028/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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