Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 02-04-2024

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
02/04/2024

C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240402-23)

Admisión y matriculación de alumnos –  Resolución de 14 de marzo de 2024, de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, sobre el procedimiento de admisión y matrícula de alumnos libres en las pruebas de certificación en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad de Madrid para el año 2024

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Admisión y matriculación de alumnos –  Resolución de 14 de marzo de 2024, de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, sobre el procedimiento de admisión y matrícula de alumnos libres en las pruebas de certificación en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad de Madrid para el año 2024
Página 1 del anuncio BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 78

MARTES 2 DE ABRIL DE 2024

Pág. 67

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
23

RESOLUCIÓN de 14 de marzo de 2024, de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, sobre el procedimiento de
admisión y matrícula de alumnos libres en las pruebas de certificación en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad de Madrid para el año 2024.

El Decreto 106/2018, de 19 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se ordenan
las enseñanzas de idiomas de régimen especial y se establecen los currículos de los niveles
básico, intermedio y avanzado en la Comunidad de Madrid, establece en su artículo 22,
apartado 6, que la consejería con competencias en Educación regulará las pruebas específicas para la obtención de los certificados de nivel y convocará, al menos una vez al año,
las pruebas para la obtención de los certificados de competencia general de los niveles básico A2, intermedio B1, intermedio B2, avanzado C1 y avanzado C2 de aquellos idiomas y
niveles que se hayan impartido en la Comunidad de Madrid en ese curso académico.
Asimismo, la Orden 2414/2019, de 1 de agosto, de la Consejería de Educación e Investigación, modificada por la Orden 2475/2021, de 13 de agosto, de la Consejería de
Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, regula para la Comunidad de Madrid la
evaluación y certificación de los niveles básico, intermedio y avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunidad de Madrid.
Por otro lado, la Orden 1587/2022, de 8 de junio, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, que regula el procedimiento de admisión y matrícula del
alumnado oficial y libre en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad de Madrid,
establece en su artículo 17 que la Dirección General competente en materia de enseñanzas
de idiomas convocará anualmente mediante resolución, el procedimiento de admisión y
matrícula para alumnos libres.
Con el fin de organizar el procedimiento de admisión y matrícula para la realización
de pruebas de certificación para alumnos libres en los niveles A, B y C en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad de Madrid y, en virtud de las competencias atribuidas
por el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.
RESUELVO
Primero
Objeto
Es objeto de esta resolución realizar una convocatoria de pruebas de certificación de
los niveles básico A2, intermedio B1, intermedio B2, avanzado C1 y avanzado C2 de aquellos idiomas y niveles que se han impartido en la Comunidad de Madrid en el curso académico 2023-2024.
Segundo
1. Podrá solicitar la admisión en las pruebas de certificación cualquier ciudadano
que tenga dieciséis años cumplidos en el año natural en que se celebran las pruebas de
certificación.
Asimismo, podrán solicitar la admisión quienes tengan catorce años cumplidos en el
año natural en que se celebran las pruebas de certificación para un idioma distinto del que
cursan en la Educación Secundaria Obligatoria como primera lengua extranjera.
2. No será necesario estar en posesión de un certificado de nivel inferior para inscribirse en el certificado de nivel intermedio B1, nivel intermedio B2, nivel avanzado C1
o nivel avanzado C2.

BOCM-20240402-23

Destinatarios y requisitos

Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 02-04-2024

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Convenio –  Resolución de 11 de marzo de 2024, del Director General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, por la que se deja sin efecto la publicación del convenio de 12 de febrero de 2024, de colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Carabaña, para el...

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