Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 09-05-2024

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
09/05/2024

C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240509-11)

Oficinas de registro – Orden de 22 de abril de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se crean oficinas delegadas del Registro de Personal de la Comunidad de Madrid en las Direcciones de Área Territoriales de la Consejería competente en materia de Educación

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Oficinas de registro – Orden de 22 de abril de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se crean oficinas delegadas del Registro de Personal de la Comunidad de Madrid en las Direcciones de Área Territoriales de la Consejería competente en materia de Educación
Página 1 del anuncio BOCM
B.O.C.M. Núm. 110

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE MAYO DE 2024

Pág. 43

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
ORDEN de 22 de abril de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se crean oficinas delegadas del Registro de Personal de la Comunidad de Madrid en las Direcciones de Área Territoriales de la Consejería
competente en materia de Educación.

El artículo 11 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad
de Madrid, establece la existencia del Registro de Personal, como una base de datos informatizados en la que debe inscribirse de manera individualizada al personal de la Comunidad de Madrid, dejando constancia de todos los actos que afecten a la vida administrativa
del personal inscrito y estableciendo la obligación de que cada consejería, organismo autónomo o empresa pública colabore en su mantenimiento y en la permanente actualización de
la información. El alcance y concreción del procedimiento registral queda encomendado en
la citada ley autonómica a un posterior desarrollo reglamentario, en cuyo cumplimiento, se
dictó el Decreto 105/1986, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Personal, que desarrollaba los aspectos fundamentales de su funcionamiento.
Sin embargo, el tiempo transcurrido desde su aprobación, la pretensión de universalidad
del Registro de Personal para su materialización como registro único del personal al servicio
de la Administración de la Comunidad de Madrid, en cuanto a personas a inscribir y anotaciones a efectuar, así como la necesidad de reforzar la implicación de los responsables de la
gestión de personal en la tarea de mejorar la calidad y coherencia de los datos profesionales
contenidos en el mismo, han traído consigo la aprobación de un nuevo reglamento regulador
del Registro de Personal, aprobado por Decreto 251/2023, de 22 de noviembre, del Consejo
de Gobierno.
Esta nueva regulación del sistema registral, para adaptarlo a los distintos cambios que
han ido acaeciendo, dota al Registro de Personal de la Comunidad de Madrid de la dimensión que requiere, como instrumento de gestión y planificación de recursos humanos, y
fuente de obtención y disposición de información sobre los mismos, de forma diferenciada
a la de naturaleza registral y tiene en la potenciación de la descentralización de la gestión
uno de sus pilares fundamentales de actuación. Esta descentralización se materializa, principalmente, en una regulación expresa de las oficinas delegadas del Registro de Personal,
dependientes orgánica y funcionalmente de la oficina central y de su responsable. Con estas oficinas delegadas, cuya creación se atribuye al titular de la consejería competente en
materia de Hacienda en el artículo 6 del reglamento regulador del Registro de Personal
aprobado por Decreto 251/2023, de 22 de noviembre, se pretende mejorar la calidad de la
información registral con tiempos de respuesta cada vez más reducidos entendiendo que,
desplazar la gestión del Registro a las propias unidades gestoras de personal, agilizará notablemente los flujos de información, cuando la singularidad del personal a tratar o razones
de volumen o complejidad de los actos a anotar, así lo aconsejen.
En virtud de lo anterior, esta orden procede a crear una oficina delegada del Registro
de Personal en cada una de las Direcciones de Área Territoriales de la Consejería competente en materia de Educación, en atención a las singularidades del personal docente de la
Comunidad de Madrid, regulando los aspectos básicos de su funcionamiento.
Por cuanto antecede y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 2.6
del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los órganos
de la Administración de la Comunidad de Madrid, de sus organismos autónomos, órganos de
gestión y empresas públicas, en materia de personal, con el artículo 1 del Decreto 230/2023,
de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y lo previsto en el artículo 6 del reglamento regulador del Registro de Personal aprobado por Decreto 251/2023, de 22 de noviembre de 2023, a propuesta de la Dirección General de Recursos Humanos,

BOCM-20240509-11

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