Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 10-05-2024
B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20240510-11)
Concurso de méritos – Corrección de errores de 30 de abril de 2024, de la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, de 11 de marzo de 2024, por la que se convoca Concurso de Méritos, por el turno libre, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en las categorías de personal sanitario del Grupo A, Subgrupo A2, del Servicio Madrileño de Salud, que se relacionan en el Anexo I
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Concurso de méritos – Corrección de errores de 30 de abril de 2024, de la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, de 11 de marzo de 2024, por la que se convoca Concurso de Méritos, por el turno libre, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en las categorías de personal sanitario del Grupo A, Subgrupo A2, del Servicio Madrileño de Salud, que se relacionan en el Anexo IPág. 96
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 111
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
11
CORRECCIÓN de errores de 30 de abril de 2024, de la Resolución de la Dirección
General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de
Salud, de 11 de marzo de 2024, por la que se convoca Concurso de Méritos, por el
turno libre, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en las categorías de personal sanitario del Grupo A, Subgrupo A2, del Servicio Madrileño de
Salud, que se relacionan en el Anexo I.
Advertidos errores materiales en la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, de 11 de marzo de 2024, por
la que se convoca Concurso de Méritos, por el turno libre, para el acceso a la condición de
personal estatutario fijo en las categorías de personal sanitario del Grupo A, Subgrupo A2,
del Servicio Madrileño de Salud, que se relacionan en el Anexo I (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 18 de marzo) y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se procede a su corrección:
En la base Novena 9.2.1:
Donde dice:
«Registro de méritos: Para la acreditación de los méritos exigidos en el baremo, los aspirantes registrarán previamente los mismos en el Registro de Méritos (en adelante, RMER)
que se encuentra abierto de forma permanente.
Para realizar este trámite, la persona interesada deberá disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en
la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza
de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica
que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma. Éste trámite no es posible realizarlo desde dispositivos de telefonía móvil.
Cuando el idioma original de las certificaciones, acreditaciones o cualquier otra documentación, constitutiva de mérito sea distinto al castellano, el/la aspirante deberá presentar junto al
documento, traducción literal del contenido del mismo realizada por traductor jurado.
Los servicios prestados en centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud, se registrarán de oficio por parte de la Administración al RMER, deberán ser revisados y asignados por el interesado a éste proceso selectivo como se indica en el apartado siguiente».
Debe decir:
«Registro de méritos: Para la acreditación de los méritos exigidos en el baremo, los aspirantes registrarán previamente los mismos en el Registro de Méritos (en adelante, RMER)
que se encuentra abierto de forma permanente.
Para realizar este trámite, la persona interesada deberá disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en
la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza
de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica
que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma. Éste trámite no es posible realizarlo desde dispositivos de telefonía móvil.
Cuando el idioma original de las certificaciones, acreditaciones o cualquier otra documentación, constitutiva de mérito sea distinto al castellano, el/la aspirante deberá presentar
junto al documento, traducción literal del contenido del mismo realizada por traductor ju-
BOCM-20240510-11
Primero
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