Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 14-05-2024
Humanes de Madrid (BOCM-20240514-87)
Régimen económico. Padrones fiscales
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Régimen económico. Padrones fiscalesPág. 300
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 14 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 114
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
87
HUMANES DE MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240514-87
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, y el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación, habiéndose aprobado por decretos de la concejala-delegada de Hacienda de fecha 30 de abril de 2024 los padrones fiscales del impuesto sobre bienes inmuebles
de naturaleza urbana y rústica y de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras, correspondientes al ejercicio 2024, se pone en conocimiento que los padrones estarán a disposición del público en el Departamento de Gestión Tributaria por plazo de un mes, a contar desde la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Los obligados al pago del citado impuesto podrán formular ante el alcalde recurso de
reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde la
exposición pública del padrón. Dicha exposición tiene el carácter de notificación colectiva,
de acuerdo con el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.
Asimismo, y por los mismos decretos, se fija el plazo de ingreso en vía voluntaria:
— Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras, desde el 15 de mayo al 15 de
julio de 2024.
— Impuesto sobre bienes inmuebles, desde el 1 de octubre al 30 de noviembre
de 2024.
Para aquellos sujetos pasivos del impuesto sobre bienes inmuebles, que se hayan acogido al Sistema Especial de pago regulado en el artículo 9 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (bonificación y fraccionamiento por pago domiciliado),
se procede a fraccionar el ingreso del impuesto en dos plazos.
— El primero será el 60 % de la cuota de este impuesto devengada el 1 de enero de
ese año, realizando el cargo en cuenta el 5 de junio de 2024.
— El segundo plazo estará constituido por el importe del recibo correspondiente al
ejercicio en curso, bonificado en el 5 % sobre la cuota anual y deducida la cantidad ya abonada en el primer plazo, realizando el cargo en la cuenta bancaria el 9
de octubre de 2024.
Humanes de Madrid, a 30 de abril de 2024.—La concejala de Hacienda, Rosario Pérez García.
(01/6.807/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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