Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 17-05-2024

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
17/05/2024

Montejo de la Sierra (BOCM-20240517-74)

Régimen económico. Calendario fiscal

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Régimen económico. Calendario fiscal
Página 1 del anuncio BOCM
Pág. 280

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 117

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
74

MONTEJO DE LA SIERRA
RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20240517-74

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 9 de abril de 2024,
acordó aprobar el calendario fiscal del municipio correspondiente al ejercicio 2024, que estará a disposición de los interesados en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento
( http://montejodelasierra.sedelectronica.es ), en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 24 y 25 del Reglamento General de Recaudación aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, en los términos que se exponen a continuación:
— Período de cobranza en voluntaria del 1 de mayo al 30 de junio:
Impuesto de vehículos tracción mecánica 2024.
— Período de cobranza en voluntaria del 1 de septiembre al 30 de noviembre:
Impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica 2024.
Impuesto de actividades económicas 2024.
Tasa recogida residuos sólidos urbanos 2024.
El ingreso de las cuotas en período voluntario se realizará a través de la entidad bancaria colaboradora (Banco Santander), en las fechas anteriormente señaladas. Los recibos
domiciliados se pasarán al cobro en la última semana del período de pago voluntario. Los
padrones correspondientes estarán expuestos en el Ayuntamiento durante los quince días
anteriores a la fecha de inicio del período voluntario. Contra las liquidaciones contenidas
en los mismos podrá formularse recurso de reposición, previo al contencioso administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de exposición pública del padrón (artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales). Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, se iniciará el período ejecutivo y las deudas
serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose intereses de demora y los
recargos del período ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley General
Tributaria. Este anuncio tiene carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
En Montejo de la Sierra, a 6 de mayo de 2024.—El alcalde-presidente, Ismael Martín
Hernán.
(01/6.949/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240517-4)

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