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Boletín Oficial Comunidad Madrid
21/05/2024

San Martín de Valdeiglesias (BOCM-20240521-62)

Régimen económico. Modificación presupuestaria

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Régimen económico. Modificación presupuestaria
Página 1 del anuncio BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 158

MARTES 21 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 120

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
62

SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS
RÉGIMEN ECONÓMICO

Aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito y crédito extraordinario para gastos de inversión, financiado con cargo al remanente de Tesorería para gastos
con financiación afectada originado en el ejercicio 2011, lo que se publica a los efectos del
artículo 169.1, por remisión del 177.2, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
SUPLEMENTO EN APLICACIONES DE GASTOS POR CAPÍTULOS
CAPÍTULO
6

DESCRIPCIÓN
Inversiones Reales

CRÉDITOS
INICIALES

SUPLEMENTO
DE CRÉDITO

CRÉDITO
EXTRAORDINARIO

CRÉDITOS
FINALES

103.600,00

12.521,75

41.215,31

157.337,06

TOTAL GASTO

12.521,75

41.215,31

Esta modificación se financia con cargo al remanente de Tesorería para gastos con financiación afectada, en los siguientes términos:
SUPLEMENTO EN CONCEPTO DE INGRESOS
CAPÍTULO
8

DESCRIPCIÓN

EUROS

ACTIVOS FINANCIEROS

53.737,06
TOTAL INGRESOS

53.737,06

BOCM-20240521-62

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo I del título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las
Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La insuficiencia en el estado de gastos del presupuesto de crédito destinado a esa
finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la
vinculación jurídica.
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la
efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En San Martín de Valdeiglesias, a 9 de mayo de 2024.—La concejala-delegada de Hacienda, Blanca Martínez Muela.
(03/7.124/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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