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Boletín Oficial Comunidad Madrid
27/05/2024

Villalbilla (BOCM-20240527-87)

Régimen económico. Ordenanza fiscal

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Régimen económico. Ordenanza fiscal
Página 1 del anuncio BOCM
B.O.C.M. Núm. 125

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE MAYO DE 2024

Pág. 271

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
87

VILLALBILLA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Al no haberse presentado reclamación durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Villalbilla, de 15 de marzo de 2024, sobre modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Intervención Municipal en actos de uso del suelo y edificación y de la tasa
por la prestación del servicio.
Los acuerdos provisionales elevados a definitivos y los textos íntegros de las ordenanzas y de las modificaciones se hacen públicos en cumplimiento del artículo 17.4 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
«MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA
DE LA INTERVENCIÓN MUNICIPAL EN ACTOS DE USO DEL SUELO
Y EDIFICACIÓN Y DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

La intervención municipal en los actos de uso del suelo y edificación se regula en los
artículos 151 a 163 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid
(LSCM), en su redacción dada por la Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de
la Comunidad de Madrid.
Así, el artículo 154.1, dispone que el procedimiento de otorgamiento de las licencias
urbanísticas se regulará en las ordenanzas municipales.
Y el artículo 156.1 señala que los ayuntamientos regularan mediante ordenanza el contenido de las declaraciones responsables urbanísticas.
De conformidad con el art. 32.1 LSCM, todos los municipios deberán contar con Ordenanzas municipales de urbanización, instalaciones, edificación y construcción, cuya aprobación, publicación y entrada en vigor se producirá conforme a la legislación de régimen local.
Este Ayuntamiento, en cumplimiento de dicho mandato legal, procedió a la tramitación
de la modificación de la, entonces vigente, Ordenanza Reguladora de la Tasa por la Prestación
del Servicio de Tramitación de Licencias Urbanísticas a través de la Ordenanza reguladora de
la intervención municipal en actos de uso del suelo y edificación y de la tasa por la prestación
del servicio, la cual entró en vigor con su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 64, de fecha 17 de marzo de 2021, con la finalidad de adaptarla a las nuevas determinaciones, y con la finalidad de facilitar el acceso a los servicios urbanísticos por la
ciudadanía de la forma más rápida, eficaz y con menos trabas administrativas.
La entrada en vigor de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre, relativa a los Servicios en el Mercado Interior, impuso a los Estados miembros la obligación de eliminar todas las trabas jurídicas y barreras administrativas
injustificadas a la libertad de establecimiento y de prestación de servicios.
El Estado incorporó los principios de la citada Directiva al derecho interno por medio
de un conjunto normativo constituido por la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre libre
acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y la Ley 25/2009, de modificación de
diversas leyes (entre las que cabe destacar la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local) para su adaptación a la Ley sobre libre acceso a las actividades
de servicios y su ejercicio.
Seguidamente, el Estado aprobó la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, que también modificó la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local para introducir dos nuevos artículos, el 84 bis y el 84 ter, que establecen que, con carácter general, el
ejercicio de las actividades no se someterá a la obtención de licencia u otro medio de control preventivo.

BOCM-20240527-87

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