Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 28-05-2024
Pozuelo de Alarcón (BOCM-20240528-71)
Urbanismo. Plan parcial
Buscador de información oficial
¿No encuentras lo que buscas? No desesperes y deja de perder más el tiempo.
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscarContenido de la primera página
Urbanismo. Plan parcialPág. 134
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 126
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
71
POZUELO DE ALARCÓN
En ejecución del acuerdo plenario correspondiente, a tenor de lo establecido en los artículos 122.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
y 43.2.d) del Reglamento Orgánico del Pleno y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, se anuncia que el Pleno, por los acuerdos adoptados en las sesiones de 21 de diciembre de 2023
y 18 de abril de 2024 (corrección de error), ha aprobado definitivamente el Plan Parcial del
APE 3.4-14 “Camino de Valdenigrales-Avenida Juan Pablo II (antes avenida del Generalísimo)” del PGOU, contemplándose en la parte dispositiva del mencionado acuerdo, en lo
que afecta a dicha aprobación, lo siguiente:
Aprobar definitivamente el Plan Parcial de Reforma Interior del APE 3.4-14 “Camino de
Valdenigrales-Avenida Juan Pablo II (antes Avda. Del Generalísimo)” del Plan General de Ordenación Urbana de Pozuelo de Alarcón promovido por la mercantil Proyectos Inmoargo, S.L.
concretado en la documentación presentada el 13 de diciembre de 2022, y el 25 de septiembre
de 2023, con NRE 64257/2022 y 37849/2023, documentación esta refundida que sustituye y
anula a la que fue aprobada inicialmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 62
de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid en relación con los artículos 59 y 61 de la misma con las siguientes condiciones que se derivan de los informes sectoriales y técnicos obrantes en el expediente:
1.a Será por cuenta de los propietarios de los terrenos y promotores de la actuación
la ejecución de la totalidad de las obras de urbanización previstas en el Plan Parcial para
que los terrenos adquieran la condición legal de solar, incluyendo las correspondientes a las
zonas de cesión al Ayuntamiento para equipamientos y espacios libres de uso público.
2.a Será por cuenta de los propietarios de los terrenos y promotores de la actuación
la ejecución de aquellas obras de urbanización que, aun siendo exteriores al ámbito, sean
imprescindibles para el funcionamiento del mismo, considerando especialmente como tales las conexiones de las redes de servicios e infraestructuras a los sistemas generales municipales.
3.a En el Proyecto de Urbanización a formular se tendrán en cuenta, además de lo anterior, las siguientes consideraciones:
— Se definirán con total precisión todos los aspectos relativos a las redes de servicios
e infraestructuras.
— Con carácter anterior a la aprobación definitiva del Plan Parcial, deben aportarse
los informes de Viabilidad de suministros de las Compañías en vigor (Gas, CYII,
Telecomunicaciones, Red Eléctrica España, Iberdrola, etc.).
— Se justificará el cumplimiento de los aspectos regulados en la Orden TMA/851/2021,
de 23 de julio, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados, así se prestará una especial atención a la disposición
de los elementos de mobiliario urbano de forma que las aceras previstas queden
libres de obstáculos y no se entorpezca la circulación de los peatones en general y
de las personas con movilidad reducida en particular, evitando la aparición de barreras arquitectónicas, sin perjuicio de que se persiga la mayor presencia posible
de arbolado en la vía pública.
— Se reevaluará la integración del arbolado preexistente con respecto al diseño de la
zona verde, mediando en cualquier caso la eliminación del pie arbóreo identificado como “Arbol02”, al tratarse de una especie invasora.
— De acuerdo con el informe emitido por Dirección General de Emergencias, se estudiará la necesidad de implantación de hidrantes en cumplimiento de la normativa, de forma que no exista una distancia superior a 100 m. (de recorrido real) desde cualquier punto hasta algún hidrante.
BOCM-20240528-71
URBANISMO
Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 28-05-2024
Adjudicación contrato – Anuncio de 23 de mayo de 2024, de adjudicación del contrato titulado “Servicio de mantenimiento integral de los sistemas de anti-intrusión y control de rondas en estaciones de Metro de Madrid” (Expediente 6012400134)
Hemos encontrado más información de empleo y ayudas relacionados pero están ocultos porque eres un usuario anónimo.
Para ver todo el contenido debes ser un usuario registrado. A continuación podrás iniciar sesión o crear una nueva cuenta.