Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 04-06-2024
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240604-34)
Regulación comedores sociales – Resolución 2773/2024, de 22 de mayo, de la Dirección General de Servicios Sociales e Integración, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se regula la concesión de plazas en la Red Abierta de Comedores Sociales de la Comunidad de Madrid
Buscador de información oficial
¿No encuentras lo que buscas? No desesperes y deja de perder más el tiempo.
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscarContenido de la primera página
Regulación comedores sociales – Resolución 2773/2024, de 22 de mayo, de la Dirección General de Servicios Sociales e Integración, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se regula la concesión de plazas en la Red Abierta de Comedores Sociales de la Comunidad de MadridB.O.C.M. Núm. 132
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE JUNIO DE 2024
Pág. 91
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
RESOLUCIÓN 2773/2024, de 22 de mayo, de la Dirección General de Servicios
Sociales e Integración, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se regula la concesión de plazas en la Red Abierta de Comedores
Sociales de la Comunidad de Madrid.
El artículo 50 de la Constitución Española establece que “los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo, y con independencia de las
obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio”.
El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983,
de 25 de febrero, establece, en su artículo 26.1.23, como competencia exclusiva de la Comunidad de Madrid la promoción y ayuda a la tercera edad, emigrantes, personas con discapacidad, y demás grupos sociales necesitados de especial atención, incluida la creación
de centros de protección, reinserción y rehabilitación.
En uso de estas competencias, la Comunidad de Madrid ha aprobado la Ley 12/2022,
de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.
De conformidad con el artículo 7 del citado texto legal, el Sistema Público de Servicios
Sociales de la Comunidad de Madrid se constituye como una red integrada de recursos, programas, prestaciones y equipamientos de atención social, de responsabilidad y control público, ejercidos por las Administraciones autonómica y local y que tiene como función principal
asegurar a las personas el derecho a vivir dignamente durante todas las etapas de la vida.
En su artículo 22 establece que las prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales tendrán carácter universal y que estarán orientadas a fomentar la autonomía, prevenir la dependencia, promocionar la convivencia y la protección de la infancia, la inserción
social y la calidad de vida de las personas, familias y grupos.
En el artículo 25 define el Catálogo de Prestaciones de Servicios Sociales como el instrumento mediante el que se determina el conjunto de prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales y la Cartera de Servicios como un instrumento vinculado al Catálogo de Prestaciones, por el que se regula el contenido y alcance de las prestaciones establecidas en este.
En este sentido, la Red Abierta de Comedores Sociales se incluye en la Cartera de
Servicios Sociales como una prestación de servicio de carácter condicionada cuya finalidad
es la cobertura de las necesidades básicas de manutención de personas vulnerables sin recursos y ofrecer espacios de encuentro, socialización y oportunidades para la inclusión
social y laboral, sujeta a la evaluación de los objetivos específicos de calidad, indicadores
y metodología que se incluyan en el Plan de calidad de los servicios sociales.
De conformidad con el Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales, corresponde al titular de la Consejería el ejercicio de las atribuciones que
le otorga el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración
de la Comunidad de Madrid, y las demás disposiciones en vigor, correspondiéndole, como
órgano superior de la Administración de la Comunidad de Madrid, el desarrollo general, la
coordinación, la dirección, ejecución y control de las políticas públicas del Gobierno en los
ámbitos siguientes: servicios sociales, dependencia, discapacidad, infancia, juventud, promoción social, fomento del voluntariado, inmigración, cooperación al desarrollo, familia,
natalidad, mejora de la calidad asistencial y de atención al usuario de los centros y servicios
de atención social, innovación social, consecución de la igualdad real y efectiva en los diferentes ámbitos de la vida política, económica y social de todas las personas, mujeres, mayores, LGTBI, lucha contra la violencia de género y contra la discriminación.
Por su parte el artículo 5 del citado Decreto establece las competencias que corresponden a la Dirección General de Servicios Sociales e Integración. Entre ellas se encuentra “la
asignación de plazas en comedores sociales de la Comunidad de Madrid y la gestión de
servicios y programas destinados a la atención social en este ámbito”.
BOCM-20240604-34
34
Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 04-06-2024
Formalización contrato – Resolución de 17 de mayo de 2024, de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” de la formalización del contrato de: “Diseño, construcción e implantación de...
Formalización contrato – Resolución de 23 de mayo de 2024, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se dispone la publicación, en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” en internet, de la formalización del contrato de servicios...
Hemos encontrado más información de empleo y ayudas relacionados pero están ocultos porque eres un usuario anónimo.
Para ver todo el contenido debes ser un usuario registrado. A continuación podrás iniciar sesión o crear una nueva cuenta.
Agencias de viaje – Resolución de 21 de mayo de 2024, de cese de actividad de las agencias de viajes “Mapa Tours, S. A.”, “Pegatur, S. A.” y “Mapa Plus, S. A.”