Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 05-06-2024
A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240605-2)
Tarifas agua – Corrección de errores del Decreto 55/2024, de 22 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las tarifas máximas de los servicios de abastecimiento, saneamiento y reutilización del agua en la Comunidad de Madrid
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Tarifas agua – Corrección de errores del Decreto 55/2024, de 22 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las tarifas máximas de los servicios de abastecimiento, saneamiento y reutilización del agua en la Comunidad de MadridB.O.C.M. Núm. 133
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE JUNIO DE 2024
Pág. 71
I. COMUNIDAD DE MADRID
A) Disposiciones Generales
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
2
CORRECCIÓN de errores del Decreto 55/2024, de 22 de mayo, del Consejo de
Gobierno, por el que se aprueban las tarifas máximas de los servicios de abastecimiento, saneamiento y reutilización del agua en la Comunidad de Madrid.
Apreciado error en la publicación del citado Decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 130, correspondiente al día 1 de junio de 2024, páginas 3 a 18
BOCM-20240605-2
(n.o de inserción 03/7.935/24), se procede a su corrección en los siguientes términos:
En el “Dispone”, artículo 7.1.b).1.o, página 12:
Donde dice: “1.o Para suministros destinados a plurivivienda, se multiplica el término fijo
CAD por 15 elevado al cuadrado más 225, y todo ello por N; es decir, CAD × (152 + 225) × N”.
Debe decir: “1.o Para suministros destinados a plurivivienda, se multiplica el término fijo
CAD por 15 elevado al cuadrado más 225, y todo ello por N; es decir, CAD × (152 + 225) × N”.
En el “Dispone”, artículo 8.1.b).1.o, página 13:
Donde dice: “1.o Para suministros destinados a plurivivienda, se multiplica el término fijo
CDT por 15 elevado al cuadrado más 225, y todo ello por N; es decir, CDT × (152 + 225) × N”.
Debe decir: “1.o Para suministros destinados a plurivivienda, se multiplica el término fijo
CDT por 15 elevado al cuadrado más 225, y todo ello por N; es decir, CDT × (152 + 225) × N”.
Madrid, a 4 de junio de 2024.
(03/8.799/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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