Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 06-06-2024

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
06/06/2024

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240606-36)

Autorización instalación eléctrica – Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular sobre autorización administrativa de cierre de una subestación denominada “S. T. Rivas de Jarama” ubicada en Rivas-Vaciamadrid (carretera M-823) en el término municipal de Rivas-Vaciamadrid, solicitado por UFD Distribución Electricidad, S. A. Expediente: 2023P803

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Autorización instalación eléctrica – Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular sobre autorización administrativa de cierre de una subestación denominada “S. T. Rivas de Jarama” ubicada en Rivas-Vaciamadrid (carretera M-823) en el término municipal de Rivas-Vaciamadrid, solicitado por UFD Distribución Electricidad, S. A. Expediente: 2023P803
Página 1 del anuncio BOCM
Pág. 98

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 134

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
36

Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular sobre autorización administrativa de cierre de una
subestación denominada “S. T. Rivas de Jarama” ubicada en Rivas-Vaciamadrid (carretera M-823) en el término municipal de Rivas-Vaciamadrid, solicitado por UFD Distribución Electricidad, S. A. Expediente: 2023P803.
ANTECEDENTES DE HECHO

Primero
Con fecha 18 de julio de 2023 tiene entrada en esta Dirección General escrito de UFD
Distribución Electricidad, S. A., en el que se solicita la autorización administrativa de cierre de la instalación referenciada, al que se acompaña proyecto de desmantelamiento firmado por María Isabel López Ferrer con número de colegiado 17566 del COIIM.
Segundo
Con fecha 24 de noviembre de 23 y ref. 30/168807.9/23, a la vista del informe técnico
del Área de Evaluación Ambiental elevado por la Subdirección General de Impacto Ambiental y Cambio Climático, se emite informe por la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular de la Comunidad de Madrid (SEA 9.129/23), en el que se resuelve
la no necesidad de tramitación de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental establecidos en el artículo 7 de la Ley 21/2013 de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
Tercero
En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
La competencia de esta Dirección General de Transición Energética y Economía
Circular para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984 de 18 de julio, de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de
Industria, Energía y Minas; el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente,
Agricultura e Interior; la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, para la simplificación de los procedimientos de autorización,
verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de alta tensión; la Orden de 31 de enero de 2011 por la que se aprueban
los modelos y formularios para la presentación de proyectos de alta tensión; el Real Decreto 1955/2000 por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el
Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir
las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas; la Ley 2/2007,
de 27 de marzo, por la que se regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de
Madrid, y el Decreto 19/2008, de 13 de marzo, que la desarrolla; el Reglamento de Líneas
de Alta Tensión aprobado por Real Decreto 223/2008, y el Reglamento sobre condiciones
técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.
Segundo
De acuerdo con el capítulo VII del Decreto 70/2010, de 7 de octubre, el cierre de instalaciones de distribución requerirá autorización administrativa. Para ello la solicitud de cierre
de una instalación deberá ir acompañada de un proyecto de cierre que deberá contener como

BOCM-20240606-36

Primero

Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 06-06-2024

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