Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 08-06-2024
Madrid número 18 (BOCM-20240608-12)
Procedimiento 1447/2023
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Procedimiento 1447/2023B.O.C.M. Núm. 136
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 8 DE JUNIO DE 2024
Pág. 45
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE
12
MADRID NÚMERO 18
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Diligencias previas 1447/2023, entre D./Dña. Jorge Leonardo Tobon Bedoya y D./Dña. Cristian Leandro Bastidas Buitrago y
D./Dña. Kevin Felipe Valencia Arias por un presunto delito de Robo con violencia o intimidación, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
AUTO
El/La juez/magistrado-juez que lo dicta: D./Dña. Ángel José Lera Carrasco.
Lugar: Madrid.
Fecha: 17 de abril de 2024.
ANTECEDENTES DE HECHO
Único.—En este Órgano Judicial se han recibido las actuaciones que preceden en virtud de atestado de Madrid-Latina-Comisaria de Distrito-ODAC, habiéndose acordado que
su tramitación se realice por el Diligencias previas.
Segundo.—A pesar de los intentos realizados no ha sido posible citar al perjudicado,
uniéndose a las actuaciones en el día de la fecha comunicación de la Policía Nacional informando de que el mismo se encuentra en paradero desconocido.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Único.—No habiendo sido hallado el perjudicado y resultando imposible por tanto la
realización de las diligencias acordadas, no aparece debidamente justificada la perpetración
del delito que ha dado lugar a la formación de la causa, por lo que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 779.1.1.o y 641.1.o de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede
decretar el sobreseimiento provisional de las actuaciones, en tanto no sea localizada la víctima del presunto delito.
Vistos los preceptos indicados y los demás de pertinente y general aplicación,
Se decreta el sobreseimiento provisional y el archivo de las presentes actuaciones en
tanto no sea hallado el perjudicado Jorge Leonardo Tobon Bedoya.
Notifíquese esta resolución al Ministerio Fiscal, a las demás partes personadas y a las
víctimas del delito en la forma prevista en el art. 636 de la LECrim.
Contra esta resolución cabe interponer recurso de reforma y subsidiario de apelación
dentro de los tres días siguientes a su notificación, o bien, recurso de apelación directo dentro de los cinco días siguientes a la última notificación.
Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.
El/La Juez/Magistrado-Juez El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
Y para que sirva de notificación a D./Dña. Jorge Leonardo Tobon Bedoya expido y firmo la presente.
En Madrid, a 20 de mayo de 2024.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/8.216/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20240608-12
PARTE DISPOSITIVA
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