Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 10-06-2024
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240610-31)
Convenio – Convenio de 9 de mayo de 2024, entre el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con Las Cortes, la Comunidad de Madrid y la Universidad de Alcalá para la realización de prácticas externas en juzgados y tribunales de la Comunidad de Madrid y de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
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Convenio – Convenio de 9 de mayo de 2024, entre el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con Las Cortes, la Comunidad de Madrid y la Universidad de Alcalá para la realización de prácticas externas en juzgados y tribunales de la Comunidad de Madrid y de la Comunidad Autónoma de Castilla-La ManchaB.O.C.M. Núm. 137
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE JUNIO DE 2024
Pág. 157
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
31
CONVENIO de 9 de mayo de 2024, entre el Consejo General del Poder Judicial,
el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con Las Cortes, la Comunidad de Madrid y la Universidad de Alcalá para la realización de prácticas externas en juzgados y tribunales de la Comunidad de Madrid y de la Comunidad
Autónoma de Castilla-La Mancha.
En Madrid, a 9 de mayo de 2024.
REUNIDOS
El Secretario General del Consejo General del Poder Judicial, Excmo. Sr. don Manuel
Luna Carbonell, nombrado por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial
de 26 de octubre de 2023 (“Boletín Oficial del Estado” de 30 de octubre de 2023), quien actúa en representación del Consejo General del Poder Judicial, expresamente facultado para
este acto mediante acuerdo de delegación de firma del Presidente del Consejo General del
Poder Judicial de fecha 12 de abril de 2024, reconociéndose la plena capacidad legal necesaria para suscribir el presente convenio.
El Secretario de Estado de Justicia, Sr. don Manuel Olmedo Palacios, de acuerdo con
el Real Decreto 949/2023, de 28 de noviembre, y en uso de las competencias que le corresponden en virtud del artículo 62.2g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de
Madrid, Sr. don Miguel Ángel García Martín, nombrado por Decreto 39/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando por delegación de firma de la Presidenta (Decreto 7/2024, de 27 de febrero), y en virtud de lo dispuesto en el artículo 3.1 del
Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno de la Comunidad, por el que se
regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
El Rector de la Universidad de Alcalá, Sr. don José Vicente Saz Pérez, en nombre y representación de esta, en virtud de su nombramiento por Decreto 12/2022, de 23 de marzo,
del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, publicado en el Boletín Oficial de dicha Comunidad el día 24 de marzo de 2022; y de acuerdo con las atribuciones que tiene conferidas por el artículo 50 de la Ley orgánica 2/2023, del 22 de marzo, del Sistema Universitario, y por los Estatutos de la citada Universidad, aprobados por Decreto 221/2003,
de 23 de octubre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 260, de 31 de octubre de 2003), y modificados por Decreto 18/2012, de 26 de enero, del citado Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 35, de 10 de febrero de 2012).
Las partes se reconocen mutuamente plena capacidad de actuar en la representación legal que ostentan para suscribir el presente convenio y, a tal fin,
MANIFIESTAN
El Estado tiene competencia exclusiva en materia de Administración de Justicia de
acuerdo con el artículo 149.1.5.a de la Constitución española.
Segundo
El Consejo General del Poder Judicial es el órgano de gobierno del mismo, según el
artículo 122.2 de la Constitución española, cuyas atribuciones vienen reguladas en los artículos 558 a 565 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
BOCM-20240610-31
Primero
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