Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 10-06-2024
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240610-59)
Convenio – Convenio de colaboración de 21 de mayo de 2024, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y la Mancomunidad La Maliciosa, para el desarrollo en 2024 de actuaciones en materia de atención a personas mayores en soledad, en el marco de la Red de Atención a Mayores en Soledad de la Comunidad de Madrid
Buscador de información oficial
¿No encuentras lo que buscas? No desesperes y deja de perder más el tiempo.
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscarContenido de la primera página
Convenio – Convenio de colaboración de 21 de mayo de 2024, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y la Mancomunidad La Maliciosa, para el desarrollo en 2024 de actuaciones en materia de atención a personas mayores en soledad, en el marco de la Red de Atención a Mayores en Soledad de la Comunidad de MadridB.O.C.M. Núm. 137
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE JUNIO DE 2024
Pág. 267
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
59
CONVENIO de colaboración de 21 de mayo de 2024, entre la Comunidad de
Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y la
Mancomunidad La Maliciosa, para el desarrollo en 2024 de actuaciones en materia de atención a personas mayores en soledad, en el marco de la Red de Atención a Mayores en Soledad de la Comunidad de Madrid.
Madrid, a 21 de mayo de 2024.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en
virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, el Ilmo. Sr. D. Antonio Coello Gómez-Rey, en nombre y representación de
la citada Entidad Local y elección mediante acuerdo de la Junta de la Mancomunidad de fecha 16 de octubre de 2023, actuando en cumplimiento de las facultades que le otorga el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para
obligarse y formalizar el presente Convenio y, a tal efecto,
1. Que la Comunidad de Madrid, en función de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, en su artículo 26.1.23, tiene
competencia exclusiva en la promoción y ayuda a la tercera edad, […].
2. Que de conformidad con lo previsto en el Decreto 241/2023, de 20 de septiembre,
del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales:
2.1. El titular de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales ejercerá las
atribuciones que le otorga el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, y
las demás disposiciones en vigor, correspondiéndole el desarrollo general, la
coordinación, la dirección, ejecución y control de las políticas públicas del Gobierno, entre otros, en los ámbitos de servicios sociales, dependencia, mejora de
la calidad asistencial y de atención a personas usuarias de centros y servicios de
acción social y respecto, entre otros, de dependientes y personas mayores.
2.2. De conformidad con su artículo 13.3 y 13.6, corresponden a la dirección general
con competencias en la atención social a personas mayores las atribuciones relativas a la coordinación y gestión de los servicios y la prestación de la atención social
de las personas mayores y de las personas dependientes y, en particular, el impulso, mantenimiento y planificación de servicios de atención a personas mayores con
financiación pública, así como la coordinación con los organismos competentes
vinculados a la red pública de los servicios sociales de atención a personas mayores de la Comunidad de Madrid, y de los servicios y programas que se desarrollen
en esta materia, así como la promoción y relación de esta con la iniciativa social.
3. La Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de
Madrid:
3.1. En el capítulo III de la Ley se desarrolla la organización funcional del sistema
público de servicios sociales en el que en sus artículos 15 y 19 respecto a las fun-
BOCM-20240610-59
MANIFIESTAN
Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 10-06-2024
Convocatoria contrato – Resolución de 27 de mayo de 2024, de la Dirección General de Infraestructuras y Servicios de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” en Internet de la convocatoria del contrato...
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
Hemos encontrado más información de empleo y ayudas relacionados pero están ocultos porque eres un usuario anónimo.
Para ver todo el contenido debes ser un usuario registrado. A continuación podrás iniciar sesión o crear una nueva cuenta.