Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 11-06-2024
Coslada (BOCM-20240611-62)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 138
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
62
COSLADA
OTROS ANUNCIOS
Se anexa el Convenio íntegro para su publicación una vez firmado por ambas partes,
en cumplimiento del artículo 23.2 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de
Participación Ciudadana de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de abril).
ADENDA DE MODIFICACIÓN AL CONVENIO
DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ
Y AYUNTAMIENTO DE COSLADA
REUNIDOS
De una parte, D.a Eva Senra Díaz, Vicerrectora de Estudiantes, Emprendimiento y Empleabilidad de la Universidad de Alcalá (UAH), actuando en nombre y representación de
esta Universidad, conforme a las competencias que tiene atribuidas por delegación del Rector Magnífico (Resolución de 29 de marzo de 2022, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID n.o 94, de 21 de abril de 2022), con domicilio a los efectos del presente Convenio en la Plaza de San Diego, s/n, 28801 Alcalá de Henares (Madrid), CIF Q-2818018J.
De otra parte, D. Ángel Viveros Gutiérrez, actuando en nombre y representación de
Ayuntamiento de Coslada, con domicilio a los efectos del presente Convenio en avenida
Constitución, 47, 28821 Coslada (Madrid), España, y CIF P2804900E.
Las partes expresan contar con capacidad jurídica para obligarse, en la representación
que ostentan, mediante el presente documento y
EXPONEN
I. Que con fecha 3 de junio de 2021, las partes suscribieron un Convenio de Cooperación Educativa, cuyo objeto es establecer las líneas de colaboración entre la UAH y
Ayuntamiento de Coslada para la realización de prácticas académicas de los/as estudiantes
matriculados/as en los Estudios Oficiales de Grado y Máster.
II. Que el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, establece en su disposición adicional quincuagésima segunda la inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos
que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas
de formación.
En consecuencia, con el fin de dar continuidad al objeto de dicho convenio, las partes
firmantes de esta adenda estiman necesario seguir con dicha colaboración de conformidad
con las siguientes
Primera. Objeto de la modificación.—La realización de prácticas académicas externas al amparo de la respectiva regulación legal y reglamentaria determinará la inclusión en
el sistema de la Seguridad Social de las personas que las realicen, quedando comprendidas
como asimiladas a trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad
Social, excluidos los sistemas especiales del mismo.
Segunda. Obligaciones respecto a la Seguridad Social.—En relación con las obligaciones en materia de Seguridad Social contempladas en la citada disposición, las partes pactan expresamente que su cumplimiento corresponderá a la Universidad de Alcalá, en el caso
de prácticas académicas externas no remuneradas de carácter curricular.
BOCM-20240611-62
CLÁUSULAS
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