Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 18-06-2024
Aldea del Fresno (BOCM-20240618-51)
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Otros anuncios. Candidatura juez de pazPág. 168
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 144
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
51
ALDEA DEL FRESNO
OTROS ANUNCIOS
Con fecha 4 de junio de 2024, la alcaldía dicta la siguiente resolución:
«De conformidad con lo previsto en los artículos 99 y siguientes de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial (“Boletín Oficial del Estado” del 2 de julio
de 1985) y después de ver el escrito del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 1 de
marzo de 2024 (número de registro de entrada 2024-E-RC-625), en el que se insta a iniciar un procedimiento para la elección de un juez/a de paz, procede iniciar la elección
de un nuevo juez de paz mediante una convocatoria pública.
Teniendo en cuenta lo expuesto, esta alcaldía resuelve:
Primero.—Aprobar las bases para la selección del juez/a de paz sustituto del Juzgado
de Paz de Aldea del Fresno que figuran como Anexo a la presente resolución.
Segundo.—Convocar el procedimiento de selección de juez/a de paz sustituto del
Ayuntamiento de Aldea del Fresno, comenzando el plazo de presentación de instancias a
partir de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Tercero.—Comunicar este acuerdo a la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior
de Justicia de Madrid.
Cuarto.—Publicar el anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento.
ANEXO
I. Objeto.—El objeto de las presentes bases es la selección de juez/a de paz sustituto
del Juzgado de Paz de Aldea del Fresno.
II. Requisitos de los aspirantes.—Podrán participar en la presente selección las personas que reúnan los requisitos siguientes:
a) Ser español.
b) Ser mayor de edad.
c) No estar incluido en alguna de las causas de incapacidad previstas en el artículo
303 de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial (“Boletín Oficial
del Estado” del 2 de julio de 1985), en adelante LOPJ, así como en las incompatibilidades que se indican en el artículo 389 y siguientes, a excepción del ejercicio
de actividades profesionales o mercantiles.
Según el artículo 303, LOPJ, estarán incapacitados para el ejercicio del cargo de
juez de paz:
— Los impedidos física o psíquicamente para la función judicial.
— Los condenados por delito doloso mientras no obtengan la rehabilitación.
— Los encausados o inculpados por delito doloso, en tanto no sean absueltos o se
dicte auto de sobreseimiento.
— Los que no estén en el pleno ejercicio de sus derechos civiles.
III. Publicidad de la convocatoria.—La presente convocatoria será anunciada en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios electrónico
del Ayuntamiento de Aldea del Fresno.
IV. Presentación de solicitudes.—Las solicitudes se presentarán en el Registro de
entrada de este Ayuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Admi-
BOCM-20240618-51
BASES PARA LA SELECCIÓN DE UN JUEZ DE PAZ SUSTITUTO
DEL AYUNTAMIENTO DE ALDEA DEL FRESNO
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