Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 27-06-2024
Coslada (BOCM-20240627-96)
Régimen económico. Padrón fiscal
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Régimen económico. Padrón fiscalB.O.C.M. Núm. 152
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE JUNIO DE 2024
Pág. 299
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
96
COSLADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Anuncio de notificación colectiva de las liquidaciones por recibo de padrón del impuesto bienes inmuebles naturaleza urbana del año 2024 y anuncio de cobranza relativos al
impuesto mencionado del mismo ejercicio.
Notificación colectiva de liquidaciones por recibo
Por decreto de Alcaldía, de 6 de junio de 2024, número de decreto 2024/2962, se ha
aprobado el padrón fiscal del impuesto bienes inmuebles naturaleza urbana, ejercicio 2024,
que estará expuesto al público en las oficinas municipales de Recaudación Voluntaria, situadas en el Ayuntamiento, avenida de la Constitución, número 47, segunda planta, Coslada (Madrid), de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas, preferiblemente mediante obtención de cita previa. El período de exposición pública será de veinte días hábiles
contados desde el siguiente al de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual los interesados pueden examinar el padrón y
formular alegaciones.
Al amparo de lo previsto en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra las liquidaciones por recibo de padrón comprendidas en el padrón podrá formularse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el alcalde-presidente en el plazo de un
mes a partir del día siguiente al de finalización de la exposición pública.
En cumplimiento del artículo 102.3 de la Ley General Tributaria, el presente edicto se
publica para advertir que las liquidaciones por recibo de padrón del impuesto referenciado
del ejercicio señalado en el encabezamiento de este documento, se notificarán colectivamente, entendiéndose realizadas las notificaciones el día en que termine la exposición al
público del padrón.
Para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, se publica el presente
anuncio, con la siguiente información:
a) Plazo de ingreso: el período de cobro voluntario comprenderá, desde el 15 de
junio de 2024 hasta 30 de septiembre de 2024, ambos inclusive.
b) Modalidad de cobro: el cobro de los recibos de padrón contenidos en el presente
anuncio se llevará a cabo a través de las entidades de crédito prestadoras del servicio de recaudación siguientes: BBVA, Banco Santander, Banco Sabadell, Ibercaja,
CaixaBank y Eurocaja Rural, utilizando el juego de impresos que el Ayuntamiento
envía a los domicilios de los contribuyentes.
En caso de no recibir los impresos señalados en el párrafo anterior, los contribuyentes los podrán retirar en el Departamento de Recaudación Voluntaria, sito en el
Ayuntamiento, avenida de la Constitución, número 47, segunda planta, de lunes a
viernes, de 9:00 a 13:30 horas, preferiblemente mediante obtención de cita previa.
Aquellos contribuyentes que tengan domiciliado el pago en alguna entidad bancaria, cuyo recibo se cargará en cuenta el último día del período de pago voluntario,
o estén dados de alta en el Sistema Especial de Pago Fraccionado (SEPT), que realizan el pago en 11 mensualidades de enero a noviembre, también a través de domiciliación bancaria, no deberán realizar ninguna de las operaciones mencionadas.
c) Lugares, días y horas del ingreso: los lugares de pago son las oficinas de las entidades bancarias indicadas en el punto anterior; los días son los señalados en el plazo de ingreso en período voluntario de los párrafos anteriores y las horas de ingreso, la que determinen las entidades bancarias como de atención al público.
d) Advertencia: transcurrido el plazo de pago voluntario podrán abonar el impuesto
antes mencionado con el 5 % de recargo desde el día 1 de octubre de 2024 al 5 de
BOCM-20240627-96
Anuncio de cobranza de las liquidaciones por recibo
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