Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 04-07-2024
Alcorcón (BOCM-20240704-53)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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Organización y funcionamiento. Delegación funcionesB.O.C.M. Núm. 158
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 4 DE JULIO DE 2024
Pág. 141
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
53
ALCORCÓN
Por la Alcaldía-Presidencia se ha dictado decreto n.o 4508/2024, con fecha 12 de junio
de 2024, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
“Primero.—Las materias correspondientes a:
— Transparencia.
— Oficina de Sugerencias y Reclamaciones.
Atribuidas al Área de Gobierno de Organización Interna, y a su Concejalía-Delegada
de Recursos Humanos y Organización Interna, se adscriben, trasladándolas al Área de Gobierno de Políticas Sociales, y a su Concejalía-Delegada de Participación, Cooperación y
Feminismo.
Segundo.—Atendiendo a lo anterior, la Concejalía-Delegada de Recursos Humanos y
Organización, que se integra en el Área de Gobierno de Organización Interna, tendrá atribuida competencia sobre las siguientes materias:
Concejalía Delegada de Recursos Humanos y Atención Ciudadana:
1. Modernización administrativa del Ayuntamiento.
2. Funciones respecto al personal funcionario o laboral dependiente de la Concejalía
y respecto al personal funcionario o laboral en general del Ayuntamiento, así como de los
cargos electos de la Corporación y órganos directivos, incluyendo todos los aspectos relativos a los mismos: nóminas, dietas, incompatibilidades, etc.
3. Potestad disciplinaria respecto a todo el personal del Ayuntamiento.
4. Catálogo de puestos de trabajo, plantilla, relación de puestos de trabajo, retribuciones, nóminas, seguridad social, etc. Bases para pruebas de selección de personal y para
concursos de provisión de puestos de trabajo, compatibilidad e incompatibilidad, régimen
disciplinario, licencias, excedencias, suspensión temporal de contrato, etc.
5. Negociación, seguimiento y ejecución del Acuerdo Colectivo y del Convenio Colectivo. Estadística, Padrón Municipal de Habitantes, Censo de Población o de cualquier
otro tipo, salvo los de carácter Sanitario, Tributario o Educativo.
6. Archivo Municipal.
7. Oficinas de Atención Ciudadana y Registro.
8. Elaboración y mantenimiento del Plan de Prevención de Riesgos Laborales, dependiendo la aplicación práctica de dicho Plan a las distintas Concejalías-Delegadas a las
que el distinto personal se encuentre adscrito.
Tercero.—a su vez la Concejalía-Delegada de Participación, Cooperación y Feminismo adscrita al Área de Gobierno de Políticas Sociales, dispondrá de las siguientes materias
atribuidas a su competencia:
1. Consejos Sectoriales y mecanismos de participación ciudadana y vecinal, sin perjuicio de las funciones establecidas para el Área de Alcaldía-Presidencia.
2. Fomento del asociacionismo, impulso, interlocución y desarrollo de la participación ciudadana, oficinas de información municipal y registro de asociaciones y entidades
ciudadanas, así como el buen funcionamiento de las Juntas de Distrito. Coordinación de las
Juntas municipales de distrito, sin perjuicio de las facultades correspondientes a sus respectivos presidentes/as.
3. Relaciones con las asociaciones, sus federaciones y concesión de subvenciones a
estas, sin perjuicio de las funciones establecidas para el Área de Alcaldía-Presidencia.
Coordinación de las comisiones de trabajo y los Consejos de participación ciudadana.
4. Coordinación del Consejo Social de la Ciudad, bajo la Presidencia de la Alcaldía.
5. Programación, promoción, gestión y seguimiento de la Casa de las Mujeres.
6. Casas de acogida y atención a víctimas de violencia de género.
7. Centro de Información y Asesoramiento de la Mujer (CIAM). Programas para la
consecución de la igualdad e integración de la mujer. Promoción y sensibilización de políticas de género.
BOCM-20240704-53
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
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