Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 08-07-2024

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
08/07/2024

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240708-73)

Convenio – Convenio de 21 de junio de 2024, entre la Comunidad de Madrid y la Asociación de Tablaos Flamencos de Madrid, para el posicionamiento turístico del destino Madrid como “Capital Mundial del Flamenco” 2024-2025

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Convenio – Convenio de 21 de junio de 2024, entre la Comunidad de Madrid y la Asociación de Tablaos Flamencos de Madrid, para el posicionamiento turístico del destino Madrid como “Capital Mundial del Flamenco” 2024-2025
Página 1 del anuncio BOCM
B.O.C.M. Núm. 161

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 8 DE JULIO DE 2024

Pág. 201

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
73

CONVENIO de 21 de junio de 2024, entre la Comunidad de Madrid y la Asociación de Tablaos Flamencos de Madrid, para el posicionamiento turístico
del destino Madrid como “Capital Mundial del Flamenco” 2024-2025.

En Madrid, a 21 de junio de 2024.
De una parte, don Mariano de Paco Serrano, en su calidad de Consejero de Cultura,
Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid (en adelante la Comunidad de Madrid), en
virtud del nombramiento que establece el Decreto 47/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de junio de 2023) y en virtud de lo dispuesto en el Decreto 264/2023, de 5 de
diciembre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 291, de 7 de diciembre de 2023) por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte así como en la normativa competencial que justifica su intervención en concreto el artículo 3 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional en la Comunidad de Madrid.
De una parte, D. Juan Manuel del Rey Ávila, actuando en representación de la Asociación
de Tablaos Flamencos de Madrid con CIF G-86665924 y domicilio en calle Juan Bravo, número 34, 28006 Madrid, en su condición de Presidente de conformidad con la escritura de 24
de junio de 2020.
Actúan cada uno de ellos en la representación que ostentan reconociéndose mutuamente capacidad para obligarse mediante el presente convenio y a tal efecto,

I. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 26.1.1.21 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983 de 25 de febrero,
corresponde a esta la competencia exclusiva en materia de materia de promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial.
La Ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de
Madrid, en su Título III, Capítulo II, se refiere a la promoción de turismo como el conjunto
de actividades y medios a través de los cuales la Consejería competente en materia de turismo favorece la demanda de servicios turísticos en la Comunidad de Madrid y apoya la comercialización de los productos turísticos regionales en el ámbito nacional e internacional.
Entre las competencias que tiene atribuida la Dirección General de Turismo y Hostelería mediante Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, están, entre
otras, las de coordinación, fomento y planificación del sector y de la actividad turística y su
sostenibilidad; la elaboración de estrategias y planes que faciliten la creación y promoción
de productos de alto valor añadido para el turismo, con capacidad desestacionalizadora, así
como la promoción del sector turístico madrileño a nivel nacional e internacional.
II. Que la Estrategia de Turismo de la Comunidad de Madrid 2023-2026, fija entre
otros objetivos la diversificación y mejora de la propuesta de valor del destino, y el incremento del gasto y la estancia media en la región, estableciendo para ello, entre otras líneas
de trabajo la mejora del posicionamiento del producto de turismo cultural y en concreto la
mejora del posicionamiento de la oferta de tablaos flamencos madrileños como producto
turístico de calidad. Además de estos objetivos de carácter cuantitativo, la Comunidad de
Madrid persigue el objetivo cualitativo de posicionamiento del destino ante los turistas de
calidad, es decir, aquellos que no sólo presentan un elevado nivel de gasto en el destino,
sino que también presentan una notable afinidad con los productos turísticos de la región y
especialmente que se sientan interesados por su oferta cultural.
III. Que la Asociación de Tablaos Flamencos de Madrid tiene por objeto la representación de los Tablaos Flamencos de Madrid, la defensa y promoción de los intereses de
sus miembros, así como velar por la calidad y prestigio de su oferta.

BOCM-20240708-73

EXPONEN

Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 08-07-2024

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