Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 09-07-2024

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
09/07/2024

Móstoles (BOCM-20240709-65)

Urbanismo. Plan parcial

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Urbanismo. Plan parcial
Página 1 del anuncio BOCM
B.O.C.M. Núm. 162

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE JULIO DE 2024

Pág. 179

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
65

MÓSTOLES

Por la presente se hace público que la Junta de Gobierno Local, en su sesión celebrada el día 14 de mayo de 2024 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero.—Admitir a trámite la solicitud y aprobar inicialmente el Plan Parcial del
Suelo Urbano no Consolidado SUNC-3 de Móstoles. Madrid.
Segundo.—Abrir el trámite de información pública por plazo de un mes, durante el
cual se podrá consultar el documento en la Sección de Planeamiento e Infraestructuras de
la Gerencia Municipal de Urbanismo, calle Independencia, número 12, sexta planta.
Inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno
de los periódicos de mayor difusión. Asimismo, en orden a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 26 del RMPA, deberá publicarse en los tablones de edictos de la Casa Consistorial, de las Juntas de Distrito, de los Organismos Autónomos y en la Web municipal,
así como notificación individualizada a los propietarios.
De forma simultánea a la información pública, se solicitarán aquellos informes que
sean preceptivos, conforme a la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de
Madrid y conforme a la normativa sectorial y no sean exigibles con carácter previo a la
aprobación inicial.
Tercero.—Requerimiento:
Con carácter general se revisará en el documento la mención y reproducción del articulado de la Ley 9/2001 del Suelo de la CM, para adecuarlo a la modificación llevada a
cabo por la 9861/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid.
Respecto a las plazas de aparcamiento. Se estará a lo establecido por la Ley 9/2001 del
Suelo de la Comunidad de Madrid y por el Plan General de Móstoles. Se establecen 1,5 plazas por cada 100 m2c en el interior de las parcelas residenciales lucrativas y un mínimo de 1
plaza por vivienda. El ámbito SUNC-3 realizará, en colaboración con el ámbito del SUNC-4,
un estudio que estime la demanda de plazas del aparcamiento en el entorno residencial de dichos ámbitos que justifique la capacidad de acogida en los mismos de dicha demanda.
El documento para aprobación definitiva indicará el número de plazas previstas, tanto en
las parcelas privadas como en viario y de ellas, cuantas se reservan para movilidad reducida.
Cesión de la participación de la Comunidad en las plusvalías de planeamiento. Tal
como dispone el Artículo 20.2.c) de la Ley del Suelo 9/01 de la CM: “c) La afección legal
de los terrenos al cumplimiento de la cesión correspondiente al 10 por 100 del producto del
coeficiente de edificabilidad, del ámbito de actuación o de las unidades de ejecución en las
que se divida, por la superficie del mismo, el cual se cederá urbanizado al Municipio”. Se
concreta en la cesión de los suelos urbanizados capaces de albergar el 10% del aprovechamiento lucrativo, lo que supone 5.857 m2c y no 5.271 m2c como describe el documento presentado. Dicha cesión se hará efectiva en la equidistribución de beneficios y cargas que lleve a cabo el Proyecto de Reparcelación.
Número de viviendas. El informe de sostenibilidad económica estima la construcción
de 610 nuevas viviendas, dato que debe reflejarse en los cuadros generales descriptivos de
la ordenación urbanística.
Respecto al uso residencial multifamiliar:
Se permite como uso compatible el uso industrial en plantas inferior a la baja, baja y
primera sin describir que categoría se pretende autorizar. Dado que el objeto del documento consiste en la recalificación a uso residencial de la antigua instalación industrial, no parece oportuno, a priori, mantener la autorización de este uso en las futuras parcelas residenciales, por lo que su mantenimiento requiere una justificación expresa al respecto y una
descripción pormenorizada de la categoría industrial que se pretende autorizar.
Del mismo modo se permite como uso compatible el recreativo, remitiendo a dos categorías del Plan General. Aclarar y describir dicho uso.

BOCM-20240709-65

URBANISMO

Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 09-07-2024

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