Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 22-07-2024

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
22/07/2024

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240722-96)

Convenio – Convenio de colaboración de 28 de junio de 2024, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y el municipio de Coslada, para el desarrollo en 2024 de actuaciones en materia de atención a personas mayores en soledad, en el marco de la Red de Atención a Mayores en Soledad de la Comunidad de Madrid

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Convenio – Convenio de colaboración de 28 de junio de 2024, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y el municipio de Coslada, para el desarrollo en 2024 de actuaciones en materia de atención a personas mayores en soledad, en el marco de la Red de Atención a Mayores en Soledad de la Comunidad de Madrid
Página 1 del anuncio BOCM
B.O.C.M. Núm. 173

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE JULIO DE 2024

Pág. 319

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
96

CONVENIO de colaboración de 28 de junio de 2024, entre la Comunidad de
Madrid a través de la consejería de familia, juventud y asuntos sociales y el municipio de Coslada, para el desarrollo en 2024 de actuaciones en materia de
atención a personas mayores en soledad, en el marco de la Red de Atención a
Mayores en Soledad de la Comunidad de Madrid.
Madrid, a 28 de junio de 2024.
REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante
Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando
en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a)
del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la
Comunidad de Madrid.
Y de otra, el Ilmo. Sr. D. Ángel Viveros Gutiérrez, en nombre y representación de la
citada Entidad Local y elección mediante acuerdo del pleno municipal de fecha 17 de junio
de 2023, actuando en cumplimiento de las facultades que le otorga el artículo 21.1.b) de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para
obligarse y formalizar el presente Convenio y, a tal efecto,

1. Que la Comunidad de Madrid, en función de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, en su artículo 26.1.23, tiene
competencia exclusiva en la promoción y ayuda a la tercera edad […].
2. Que de conformidad con lo previsto en el Decreto 241/2023, de 20 de septiembre,
del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales,
2.1. El titular de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales ejercerá las
atribuciones que le otorga el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, y las demás
disposiciones en vigor, correspondiéndole el desarrollo general, la coordinación, la dirección, ejecución y control de las políticas públicas del Gobierno, entre otros, en los ámbitos
de servicios sociales, dependencia, mejora de la calidad asistencial y de atención a personas usuarias de centros y servicios de acción social y respecto, entre otros, de dependientes
y personas mayores.
2.2. De conformidad con su artículo 13.3 y 13.6, corresponden a la dirección general
con competencias en la atención social a personas mayores las atribuciones relativas a la
coordinación y gestión de los servicios y la prestación de la atención social de las personas
mayores y de las personas dependientes y, en particular, el impulso, mantenimiento y planificación de servicios de atención a personas mayores con financiación pública, así como la
coordinación con los organismos competentes vinculados a la red pública de los servicios
sociales de atención a personas mayores de la Comunidad de Madrid, y de los servicios y
programas que se desarrollen en esta materia, así como la promoción y relación de esta con
la iniciativa social.
3. La Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad
de Madrid:
3.1. En el capítulo III de la Ley se desarrolla la organización funcional del sistema
público de servicios sociales en el que en sus artículos 15 y 19 respecto a las funciones de

BOCM-20240722-96

MANIFIESTAN

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