Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 05-08-2024
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240805-21)
Convenio – Convenio de colaboración de 15 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la Entidad de Formación Proyectaempleo ETT, S. L. para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales en el ámbito de la Comunidad de Madrid en el marco del componente 20 “Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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Convenio – Convenio de colaboración de 15 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la Entidad de Formación Proyectaempleo ETT, S. L. para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales en el ámbito de la Comunidad de Madrid en el marco del componente 20 “Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EUB.O.C.M. Núm. 185
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 141
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
21
CONVENIO de colaboración de 15 de julio de 2024, entre la Comunidad de
Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la Entidad
de Formación Proyectaempleo ETT, S. L. para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e
informales en el ámbito de la Comunidad de Madrid en el marco del componente 20 “Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión EuropeaNext Generation EU.
REUNIDOS
De una parte, D. Daniel Rodríguez Asensio, Viceconsejero de Economía y Empleo
nombrado por Decreto 91/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, en el ejercicio de las
competencias recogidas en Orden de 17 de abril de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, en relación con el Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Economía, Hacienda y Empleo, y el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra parte, D. Rafael Estupiñán Espino, en su condición de administrador del
Centro de Formación Proyectaempleo ETT, S. L. con CIF B76205491 y domicilio social
en Calle Maestra María del Rosario Hernández Santana 19, y CP 35200 Telde (Las Palmas), en virtud de las facultades que le otorgan los estatutos de la entidad, según escritura
de constitución de la sociedad elevada el 30 de octubre de 2014 ante el notario del Ilustre
Colegio de las Islas Canarias, D. Nicolás Quintana Plasencia con el número dos mil cuatrocientos veintidós de su Protocolo.
Actuando las partes en el ejercicio de sus respectivos cargos y reconociéndose mutuamente su capacidad legal y competencia para formalizar el presente convenio,
1. La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, señala que en nuestro país hay personas que disponen de conocimientos y
habilidades profesionales por haberlas adquirido a través de la experiencia laboral, pero, sin
embargo, no tienen, una forma fácil y eficaz de reconocer y certificar esos conocimientos. El
modelo diseñado en la nueva ley integra, junto a las ofertas de formación profesional, la
orientación profesional y la acreditación de competencias adquiridas por experiencia laboral
u otras vías no formales o informales, como piedras angulares del nuevo sistema.
La necesidad de impulsar los procedimientos de acreditación de las competencias profesionales quedó plasmada en el Plan de Modernización de la Formación Profesional del Ministerio de Educación y Formación Profesional a nivel estatal, así como en La Estrategia Madrid
por el Empleo, a nivel autonómico, siendo una de las medidas para la mejora de la empleabilidad el desarrollo de acreditación de competencias profesionales adquiridas mediante la experiencia profesional u otras vías no formales e informales, en función de las necesidades de las
personas y del sistema productivo. Entre las principales novedades incorporadas por el Plan de
Modernización se encontraba “la apertura de un proceso permanente de convocatoria abierta
de reconocimiento y acreditación de las competencias profesionales”.
Para dar cumplimiento a este mandato, la Comunidad de Madrid ha puesto en marcha
procedimientos abiertos permanentemente de evaluación y acreditación de las competencias
profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías de formación no formal e informal, aprobados mediante Orden de 25 de junio de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba convocatoria abierta y permanente de par-
BOCM-20240805-21
EXPONEN
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