Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 30-08-2024
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20240830-46)
Certificado acreditación profesional – Orden 1409/2024, de 28 de agosto, de la Consejera de Sanidad, por la que se determina el órgano encargado de expedir el certificado de la acreditación del ejercicio profesional para el acceso extraordinario al título de Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias, del Real Decreto 610/2024, de 2 de julio, por el que se establece el título de Médica/o Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias y se actualizan diversos aspectos en la formación del título de Médica/o Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria y su procedimiento
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Certificado acreditación profesional – Orden 1409/2024, de 28 de agosto, de la Consejera de Sanidad, por la que se determina el órgano encargado de expedir el certificado de la acreditación del ejercicio profesional para el acceso extraordinario al título de Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias, del Real Decreto 610/2024, de 2 de julio, por el que se establece el título de Médica/o Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias y se actualizan diversos aspectos en la formación del título de Médica/o Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria y su procedimientoPág. 226
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 207
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Sanidad
46
ORDEN 1409/2024, de 28 de agosto, de la Consejera de Sanidad, por la que se determina el órgano encargado de expedir el certificado de la acreditación del ejercicio
profesional para el acceso extraordinario al título de Especialista en Medicina de
Urgencias y Emergencias, del Real Decreto 610/2024, de 2 de julio, por el que se establece el título de Médica/o Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias
y se actualizan diversos aspectos en la formación del título de Médica/o Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria y su procedimiento.
El Real Decreto 610/2024, de 2 de julio (“Boletín Oficial del Estado” número 160, de 3
de julio) por el que se establece el título de Médica/o Especialista en Medicina de Urgencias
y Emergencias y se actualizan diversos aspectos en la formación del título de Médica/o Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria, en su disposición transitoria primera regula el
acceso extraordinario al título de Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias, para
aquellos profesionales que se encuentren en alguna de las situaciones que en ellas se detallan.
La disposición transitoria primera del citado Real Decreto regula el acceso extraordinario al título de Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias, al que podrán acceder las personas con título de Médica/o Especialista en Ciencias de la Salud y las personas habilitadas para el ejercicio de la Medicina General o de Familia, según lo establecido
en el Real Decreto 853/1993, de 4 de junio, registradas en el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios (REPS) que acrediten un ejercicio profesional en un centro sanitario C.1.1,
público o privado, con autorización sanitaria de unidad asistencial U.68, así como en un
centro sanitario C.2.5.7 con autorización de unidad asistencial U.100, según el Registro General de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios (REGCESS), mediante acceso directo (apartado 1.a), tras la superación de una prueba práctica para las personas especialistas que acrediten un ejercicio profesional entre dos y cuatro años, en los cuatro años
inmediatamente anteriores a la entrada en vigor de este real decreto (apartado 1.b), o tras la
superación de una prueba práctica en el caso de los futuros especialistas (apartado 1.c).
La acreditación del ejercicio profesional, se realizará, según se dispone en el apartado 5.c)
de dicha disposición transitoria, mediante un certificado expedido por la unidad o por el órgano que determine la persona titular de la Consejería/Departamento de Sanidad de la comunidad autónoma que corresponda.
En su virtud, haciendo uso de las facultades conferidas por la disposición transitoria
primera del Real Decreto 610/2024, de 2 de julio, y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la
Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Primero
Segundo
Habilitar el trámite para la presentación por medios electrónicos de la solicitud del certificado de acreditación del ejercicio profesional para el acceso extraordinario al título de
Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias, que estará disponible a partir del 3
de septiembre de 2024, en la dirección web:
https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/recursos-humanos-servicio-madrileno-salud
BOCM-20240830-46
Designar al titular de la Dirección General con competencias en materia de recursos
humanos y relaciones laborales del Servicio Madrileño de Salud, para la expedición del certificado que acredite el ejercicio profesional para el acceso al título de Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias.
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