Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 19-09-2024

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
19/09/2024

Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible (BOCM-20240919-27)

Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid. Expropiación

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Contenido de la primera página

Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid. Expropiación
Página 1 del anuncio BOCM
B.O.C.M. Núm. 224

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 19 DE SEPTIEMBRE DE 2024

Pág. 115

II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
27

MINISTERIO DE TRANSPORTES
Y MOVILIDAD SOSTENIBLE

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid, por el que se somete a
información pública el proyecto de Construcción “Corrección de los niveles sonoros existentes entre los P.K. 12+600 y 13+000, aprox., de la A-6 (MD). Madrid” de clave 54-M-14220.
Con fecha 31 de julio de 2024, la Subdirectora General de Conservación y Gestión de
Activos, P. D. del Director General de Carreteras (Orden TMA/355/2023, de 10 de abril,
por la que se modifica la Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias), ha resuelto:
1. Aprobar provisionalmente el proyecto de Construcción “Corrección de los niveles sonoros existentes entre los P.K. 12+600 y 13+000, aprox., de la A-6 (MD). Madrid”,
con un presupuesto base de licitación estimado (IVA incluido) de 1.014.546,32 euros.
2. Declarar la urgencia del proyecto de conformidad con el artículo 12.2 de la
Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, en la redacción dada por el Real DecretoLey 18/2018, de 8 de noviembre, sobre medidas urgentes en materia de carreteras.
3. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid:
— La incoación de un Trámite de Información Pública, de acuerdo con la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con el artículo 12.4 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras. Dicha información pública lo será a efectos de la declaración de utilidad
pública y la necesidad de urgente ocupación referidos a los bienes y derechos
comprendidos en el replanteo del proyecto y la reposición de servicios afectados.
— La información pública a efectos de expropiaciones se hará en cumplimiento de
cuanto establecen los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa,
de 16 de diciembre de 1954, sobre la Necesidad de Ocupación, y concordantes de
su Reglamento.
— Llevar a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución, y la relación a
que se refiere el artículo 17 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre
de 1954, sea publicada en el “Boletín Oficial del Estado”, en el “Boletín Oficial de la
Provincia de Madrid” y en uno de los diarios de mayor circulación de dicha provincia, comunicándose, además, a los Ayuntamientos en cuyo término radique la cosa a
expropiar, para que la fijen en el tablón de anuncios (artículo 18.2 de dicha Ley).
— Se señale el lugar de exhibición del expediente, que en todo caso deberá estar a disposición de las personas que lo soliciten a través de medios electrónicos en la sede
electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, de acuerdo con
el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Demarcación de Carreteras del
Estado en Madrid.
— El período de información pública en todos los medios anteriormente indicados
será de treinta días hábiles, contados a partir del primer día hábil siguiente al de la
fecha de publicación de la última de las publicaciones indicadas.
— Someter el proyecto al informe de los Organismos y titulares de servicios afectados a los que pueda afectar, en especial a:
a) Ayuntamiento de Madrid.
b) Dirección General de Tráfico (DGT).
c) Titulares de los servicios afectados, en especial a Telefónica.
En consecuencia, de acuerdo con lo ordenado por la Dirección General de Carreteras, esta Demarcación de Carreteras procede a incoar el correspondiente expediente de
información pública del proyecto de construcción durante un plazo de treinta (30) días
hábiles, contados a partir del primer día hábil siguiente a la última fecha de las publicaciones reglamentarias (“Boletín Oficial del Estado”, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un diario de gran circulación de dicha comunidad), a los efectos
del artículo 83.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo

BOCM-20240919-27

Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid

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