Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 15-10-2024
Madrid (BOCM-20241015-103)
Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección Novena. Procedimiento 138/2022
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Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección Novena. Procedimiento 138/2022B.O.C.M. Núm. 246
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 15 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 477
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
103
MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
Sección Novena
EDICTO
D. Joaquín Sampedro Escolar, Letrado de la Administración de Justicia de la Sección 9 de
la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Doy fe: Que en el Procedimiento Ordinario 138/2022 se ha dictado Sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
“SENTENCIA N.o 375
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID.
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO.
SECCIÓN NOVENA.
Ilmos. Sres.
Presidente: D. Joaquín Herrero Muñoz-Cobo.
Magistrados:
D.a Matilde Aparicio Fernández.
D.a Cristina Pacheco del Yerro.
D.a Natalia de la Iglesia Vicente.
En la Villa de Madrid a doce de junio de dos mil veinticuatro.
Vistos por la Sala constituida por los magistrados referenciados al margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del procedimiento ordinario n.o 138/22, promovido por
la Procuradora de los Tribunales Dña. Cecilia Fernández Redondo en nombre y representación de Verni Prens SA y otros 17 contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Arganda del Rey de fecha 23 de diciembre de 2021, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID en fecha 28 de diciembre de 2021, por el que se aprueba definitivamente la modificación de la Ordenanza Fiscal n.o 2 reguladora del Impuesto de Bienes
Inmuebles. Ha sido parte demandada el Ayuntamiento de Arganda del Rey representado
por la Procuradora Dña. Isabel Soberón García de Enterría.
Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación.
Que, debemos estimar y estimamos el presente recurso procedimiento ordinario 138/22, promovido por la Procuradora de los Tribunales Dña. Cecilia Fernández Redondo en nombre y representación de Verni Prens SA y otros 17 contra el Acuerdo del Pleno
del Ayuntamiento de Arganda del Rey de fecha 23 de diciembre de 2021, publicado en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en fecha 28 de diciembre de 2021, por
el que se aprueba definitivamente la modificación de la Ordenanza Fiscal n.o 2 reguladora
del Impuesto de Bienes Inmuebles y en su consecuencia:
— Anulamos dicha disposición general.
— Declaramos el derecho de las recurrentes a la devolución de las cantidades ingresadas en aplicación de la Ordenanza anulada.
En virtud del art. 107.2 LJCA, el Secretario Judicial ordenará la publicación de la sentencia en el Diario Oficial, en el plazo de diez días a contar desde la firmeza de la sentencia.
La presente sentencia es susceptible de recurso de casación, que deberá prepararse ante
esta Sala en el plazo de treinta días, contados desde el siguiente al de su notificación, acreditándose en el escrito de preparación del recurso el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 89.2 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, con justifica-
BOCM-20241015-103
FALLAMOS
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