Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 16-10-2024
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241016-34)
Encomienda de gestión – Encomienda de gestión de 10 de octubre de 2024, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid para realizar distintas acciones en materia de actividades culturales y artísticas para jóvenes
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Encomienda de gestión – Encomienda de gestión de 10 de octubre de 2024, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid para realizar distintas acciones en materia de actividades culturales y artísticas para jóvenesPág. 74
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 16 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 247
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
34
ENCOMIENDA de gestión de 10 de octubre de 2024, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
de la Comunidad de Madrid para realizar distintas acciones en materia de actividades culturales y artísticas para jóvenes.
De una parte, D.a Ana Dávila-Ponce de León Municipio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, en virtud de su nombramiento por Decreto 46/2023, de 23 de junio,
de la Presidenta de la Comunidad de Madrid.
Y, de otra parte, D. Mariano de Paco Serrano, Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, en virtud de su nombramiento por Decreto 47/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de
la Comunidad de Madrid,
EXPONEN
Primero
La Estrategia de la Unión Europea para la Juventud 2019-2027 reconoce que los jóvenes son los artífices de su propia vida, contribuyen a lograr un cambio positivo en la sociedad y enriquecen las ambiciones de la UE. La política en materia de juventud puede contribuir a que los jóvenes puedan aprovechar las oportunidades e identificarse con los valores
europeos.
En este contexto, las instituciones europeas promueven la movilidad de los jóvenes y
buscan sinergias con los principales actos, festivales e iniciativas europeas, como la Capital Europea de la Juventud, las Capitales Europeas de la Cultura, el Día de Europa y las Jornadas Europeas de Patrimonio.
La Comunidad de Madrid quiere sumarse a esas iniciativas, pues tiene en la juventud
uno de sus mayores potenciales. Y con ello atender las aspiraciones y necesidades de las jóvenes generaciones madrileñas en el campo cultural.
Segundo
Entre las distintas vías previstas en la Ley 8/2002, de 27 de noviembre, de Juventud de
la Comunidad de Madrid destaca, en su Capítulo VIII, la prestación de servicios de fomento de actividades culturales y artísticas.
Con el fin de impulsar el desarrollo integral de la juventud y de acuerdo con el artículo 17 de la citada Ley 8/2002, de 27 de noviembre, que trata sobre creación la artística, promoción cultural e investigación científica, “la Comunidad de Madrid fomentará la creación
cultural y artística a través de programas de promoción y acuerdos con instituciones públicas
y entidades privadas de carácter regional, nacional e internacional, para el desarrollo de actividades culturales, artísticas y científicas, y facilitará el acceso a locales de ensayo de música”.
Los créditos asignados a las comunidades autónomas en política de juventud tienen
por finalidad de atender las necesidades de los jóvenes, promoviendo el desarrollo de esta
cohorte de población, mediante la ejecución de proyectos seleccionados.
En el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, se establece que la realización de actividades de carácter material, o técnico de la
competencia de los órganos administrativos o de las Entidades de Derecho Público podrá
ser encomendada a otros órganos o Entidades de Derecho Público de la misma o de distinta
Administración, siempre que entre sus competencias estén esas actividades, por razones de
eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño, teniendo
en cuenta que la encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de la competencia
ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.
BOCM-20241016-34
Tercero
Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 16-10-2024
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