Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 23-10-2024
Tres Cantos (BOCM-20241023-62)
Régimen económico. Precios públicos
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Régimen económico. Precios públicosPág. 306
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 253
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
62
TRES CANTOS
RÉGIMEN ECONÓMICO
La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en ejercicio de competencias delegadas por el Pleno de la Entidad, y en sesión ordinaria celebrada el día 2 de octubre de 2024,
acordó la aprobación de los acuerdos reguladores de los siguientes precios públicos:
ACUERDO DE ESTABLECIMIENTO Y FIJACIÓN DE PRECIOS PÚBLICOS
POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DE ESCUELA MUNICIPAL
DE INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA DE TRES CANTOS
Artículo 1. Fundamentación legal.—De conformidad con lo previsto en el artículo 127, en relación con el artículo 41, ambos del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece precios públicos por la prestación de servicios municipales que se describen en el artículo siguiente, que se regularán por lo dispuesto en los artículos 41 a 47 de la
citada Ley y por lo preceptuado en este Acuerdo.
Art. 2. Objeto.—Tendrán la consideración de precios públicos las contraprestaciones pecuniarias, de carácter no tributario, que satisfagan los beneficiarios por la prestación
de servicios de la Escuela Municipal de Innovación y Tecnología de Tres Cantos.
Art. 3. Obligación de pago.—La obligación de pago de estos precios públicos nace
en el momento de la solicitud del servicio o actividad y se extingue con el disfrute de éstas.
En todo caso, la prestación de los servicios está sujeta al pago precio del precio público correspondiente.
Art. 4. Obligados al pago.—Quedan obligados al pago de los precios públicos regulados, las personas y entidades que reciban los servicios por los que, en cada caso, deban
satisfacer.
En caso de que los beneficiarios sean menores de edad, se considerará sujetos obligados al pago a los padres y/o tutores de los citados menores.
Art. 5. Cuantía.—Las cuantías de los precios públicos regulados en este Acuerdo
que se recogen en el presente apartado serán de carácter mensual:
ESCUELA MUNICIPAL DE INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍADE TRES CANTOS
CUOTA EUROS/MES
40,61€
PREJUVENIL (De 9 a 12 años, 3h/semanal)
57,75€
JUVENIL (De 13 a 15 años, 3h/semanal)
57,75€
ADULTO (A partir de 16 años, 3h/semanal)
57,75€
Art. 6. Bonificaciones.—6.1. Familias numerosas. Se aplicará una bonificación
del 50 por 100 sobre las cuotas mensuales del tercer hijo inscrito y siguiente/s, siempre que
se mantengan las dos primeras cuotas que motivan la bonificación.
Estas circunstancias deberán solicitarse y acreditarse en el momento de la inscripción
correspondiente, mediante la presentación de la documentación acreditativa de la bonificación solicitada:
— Titulo de Familia Numerosa.
Si la circunstancia que da lugar a la aplicación de la bonificación no se ha acreditado
en el momento de la inscripción o sobreviene o se comunica antes del día 25 del mes, se
aplicará en la cuota del mes inmediatamente posterior, debiendo aportarse, en todo caso, la
documentación acreditativa que sea precisa.
Art. 7. Normas de gestión.—1. Se girará un recibo mensual en concepto de precio
público, que se abonará mediante domiciliación bancaria en la cuenta que facilite el alumno.
2. El alumno que desee causar baja deberá comunicarlo por escrito a la Secretaría de
la Escuela de Innovación y Tecnología antes del día 25 del mes anterior a la misma, debiendo constar la recepción de la solicitud por parte de la Secretaría de la Escuela, admitiéndo-
BOCM-20241023-62
GRUPO
INFANTIL (De 6 a 8 años, 2h/semanal)
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