Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 05-11-2024
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241105-41)
Convenio – Convenio de colaboración interadministrativo de 18 de octubre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y la Agencia para la Administración Digital, y el Ayuntamiento de Collado Villalba para la implantación y desarrollo de la Historia Social Única, en el marco del Sistema de Información de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid
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Convenio – Convenio de colaboración interadministrativo de 18 de octubre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y la Agencia para la Administración Digital, y el Ayuntamiento de Collado Villalba para la implantación y desarrollo de la Historia Social Única, en el marco del Sistema de Información de Servicios Sociales de la Comunidad de MadridB.O.C.M. Núm. 264
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 107
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
41
CONVENIO de colaboración interadministrativo de 18 de octubre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales y la Agencia para la Administración Digital, y el Ayuntamiento de Collado Villalba para la implantación y desarrollo de la Historia Social
Única, en el marco del Sistema de Información de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a 18 de octubre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de
Familia, Juventud, y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante
Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en
virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, el Excmo. Sr. D. Miguel López-Valverde Argüeso, Consejero de Digitalización, nombrado mediante Decreto 42/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en su calidad de Presidente del Consejo de Administración de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid, en uso de las facultades que
le confiere el artículo 10, ap. Siete de la Ley 7/2005, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
Y de otra, la Ilma. Sra. D.a M.a Dolores Vargas Fernández, Alcaldesa del Ayuntamiento de Collado Villalba, elegida por Acuerdo del Pleno de 17 de junio de 2023, en nombre y
representación del citado Ayuntamiento, en virtud de su cargo y de las facultades que le
confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local.
Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para suscribir el presente convenio de
colaboración y, a tal efecto,
I. La Constitución Española de 1978 establece en su Título I, Capítulo III, los principios rectores de la política social y económica, imponiendo a los poderes públicos el deber de asegurar la protección social, económica y jurídica de la familia, garantizando la
asistencia y prestaciones sociales suficientes. Por otra parte, en su artículo 148.1.20.a, recoge la posibilidad de asumir competencias en materia de asistencia social por las comunidades autónomas. En consonancia con esta habilitación, el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, en los puntos
23, 24 y 25 del apartado primero de su artículo 26, establece como competencias exclusivas de la Comunidad de Madrid la promoción y ayuda a la tercera edad, emigrantes, personas con discapacidad y demás grupos sociales necesitados de especial atención, incluida la
creación de centros de protección, reinserción y rehabilitación; la protección y tutela de menores y el desarrollo de políticas de promoción integral de la juventud, así como la promoción de la igualdad respecto a la mujer que garantice su participación libre y eficaz en el desarrollo político, social, económico y cultural.
II. De acuerdo con este marco, la Comunidad de Madrid, aprobó la Ley 12/2022, de 21
de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, para actualizar y fortalecer el Sistema de Público de Servicios Sociales de la Comunidad y dotarlo de instrumentos
BOCM-20241105-41
MANIFIESTAN
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