Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 05-11-2024
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241105-43)
Convenio – Convenio de colaboración interadministrativo de 18 de octubre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y la Agencia para la Administración Digital, y la Mancomunidad Intermunicipal “La Encina” para la implantación y desarrollo de la Historia Social Única, en el marco del Sistema de Información de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid
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Convenio – Convenio de colaboración interadministrativo de 18 de octubre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y la Agencia para la Administración Digital, y la Mancomunidad Intermunicipal “La Encina” para la implantación y desarrollo de la Historia Social Única, en el marco del Sistema de Información de Servicios Sociales de la Comunidad de MadridPág. 158
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 264
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
43
CONVENIO de colaboración interadministrativo de 18 de octubre de 2024,
entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud
y Asuntos Sociales y la Agencia para la Administración Digital, y la Mancomunidad Intermunicipal “La Encina” para la implantación y desarrollo de la
Historia Social Única, en el marco del Sistema de Información de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a 18 de octubre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en
virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a)
del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la
Comunidad de Madrid.
De otra parte, el Excmo. Sr. D. Miguel López-Valverde Argüeso, Consejero de Digitalización, nombrado mediante Decreto 42/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en su calidad de Presidente del Consejo de Administración de la Agencia
para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid, en uso de las facultades que le
confiere el artículo 10, ap. Siete de la Ley 7/2005, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y
administrativas.
Y de otra, la Ilma. Sra. D.a María Belén Garrido Valencia, Presidenta de la Mancomunidad Intermunicipal “La Encina”, elegida por la Junta de la Mancomunidad 19 de julio
de 2023, en nombre y representación de la citada Mancomunidad, en virtud de su cargo y
de las facultades que le confiere el artículo 6 de los Estatutos de dicha Mancomunidad.
Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para suscribir el presente convenio de
colaboración y, a tal efecto,
I. La Constitución Española de 1978 establece en su Título I, Capítulo III, los principios rectores de la política social y económica, imponiendo a los poderes públicos el deber de asegurar la protección social, económica y jurídica de la familia, garantizando la
asistencia y prestaciones sociales suficientes. Por otra parte, en su artículo 148.1.20.a, recoge la posibilidad de asumir competencias en materia de asistencia social por las comunidades autónomas. En consonancia con esta habilitación, el Estatuto de Autonomía de la
Comunidad de Madrid, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, en los puntos 23, 24 y 25 del apartado primero de su artículo 26, establece como competencias exclusivas de la Comunidad de Madrid la promoción y ayuda a la tercera edad, emigrantes, personas con discapacidad y demás grupos sociales necesitados de especial atención, incluida
la creación de centros de protección, reinserción y rehabilitación; la protección y tutela de
menores y el desarrollo de políticas de promoción integral de la juventud, así como la promoción de la igualdad respecto a la mujer que garantice su participación libre y eficaz en el
desarrollo político, social, económico y cultural.
II. De acuerdo con este marco, la Comunidad de Madrid, aprobó la Ley 12/2022,
de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, para actualizar y
fortalecer el Sistema de Público de Servicios Sociales de la Comunidad y dotarlo de instru-
BOCM-20241105-43
MANIFIESTAN
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