Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 08-11-2024
Algete (BOCM-20241108-58)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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Régimen económico. Ordenanza fiscalB.O.C.M. Núm. 267
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 8 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 241
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
58
ALGETE
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241108-58
Mediante acuerdo plenario de 31 de octubre de 2024, en sesión ordinaria, se adoptó el
acuerdo de aprobación inicial del expediente de la nueva ordenanza fiscal reguladora de la
tasa de residuos urbanos, prevista en la Ley Estatal 7/2022, de 8 de abril, sobre residuos y
suelos contaminados para una economía circular.
Primero.—La aprobación provisional del acuerdo de imposición de la tasa por prestación del servicio de gestión de residuos de competencia local.
Segundo.—La aprobación provisional de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por
prestación del servicio de gestión de residuos de competencia local, en los términos del proyecto del Anexo I, disponible en la dirección URL:
https://aytoalgete.es/images/DOCUMENTACION/202411/MEMORIA_ECONOMICAFINANCIERA_TASA_RESIDUOS.pdf
https://aytoalgete.es/images/DOCUMENTACION/202411/20241018_Resolucin_
Propuesta_de_resolucin_Propuesta_de_Resolucin_PR_2024_169__Circuito_de_Resolucin_con_notificacin_automatizada_9.pdf
En virtud del Real Decreto Ley 26/2021, de 8 de noviembre, que modifica el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas locales, se expondrá en el tablón de anuncios, así como en la Sede Electrónica, durante el plazo de 30
días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Finalizado el plazo de exposición pública, el Ayuntamiento deberá adoptar el acuerdo
definitivo que proceda, resolviendo las reclamaciones que se hubieran presentado y aprobando la redacción definitiva de la modificación a que se refiere el acuerdo provisional. En
el caso de que no se presenten reclamaciones, se entenderá definitivamente aprobado el
acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario. El texto íntegro de la modificación habrá de ser publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID para su entrada en vigor.
Lo que se hace público para conocimiento general.
En Algete, a 5 de noviembre de 2024.—El alcalde-presidente, Fernando Romo Raposo.
(03/18.117/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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