Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 14-11-2024
Becerril de la Sierra (BOCM-20241114-51)
Régimen económico. Padrón fiscal
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Régimen económico. Padrón fiscalB.O.C.M. Núm. 272
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 169
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
51
BECERRIL DE LA SIERRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241114-51
Por el presente, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 102 de la Ley General Tributaria 58/2003, y 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento General de Recaudación, a los efectos de notificación colectiva, anuncio de cobranza y sumisión al trámite de información pública, se hace público para el general conocimiento la aprobación por Resolución de Alcaldía de los siguientes padrones fiscales:
— Cuarto bimestre de 2024 de la tasa de agua (Resolución 826/2024). Plazo de pago
voluntario: desde el 14 de octubre de 2024 al 16 de diciembre de 2024. Fecha de
cargo de domiciliados: 14 de noviembre de 2024.
El citado padrón se somete a información pública durante veinte días, contados a partir
del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, pudiendo los interesados examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen oportunas ante esta Alcaldía cumpliendo la normativa sobre protección de datos.
Forma de pago: tarjeta bancaria, en la recaudación municipal (plaza de la Constitución, número 1), de lunes a viernes, de 10:00 a 13:00 horas, o en las entidades colaboradoras: Caixabank, Santander, o BBVA. Se sugiere domiciliar los recibos lo cual conlleva
una bonificación (3 por 100 o 5 por 100 con sistema SEPT). Se recuerda la importancia de comunicar al Ayuntamiento los datos actualizados tanto del número de cuenta bancaria de
domiciliación como de los datos del domicilio y donde recibir los avisos y notificaciones,
pudiendo ser éstas recibidas por sede electrónica para lo cual se recomienda comunicar
una dirección de correo electrónico donde se recibirá un aviso de las mismas.
Advertencia: transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la
deuda se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con los artículos 26, 28, 62 y 161 de la
Ley 58/2003, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como de los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.
Recursos contra el padrón: de reposición en un mes y contencioso-administrativo en
dos meses (108 Ley 7/1985, RBRL, y 14 Real Decreto 2/2004, TRLRHL), a contar desde
el siguiente al de la finalización del plazo de información pública. La interposición de recurso no detendrá la acción administrativa para la cobranza.
En Becerril de la Sierra, a 4 de noviembre de 2024.—El alcalde, José Luis Martín
González.
(01/17.962/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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