Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 20-11-2024
Galapagar (BOCM-20241120-71)
Régimen económico. Ordenanza licencias
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Régimen económico. Ordenanza licenciasB.O.C.M. Núm. 277
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 20 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 233
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
71
GALAPAGAR
RÉGIMEN ECONÓMICO
Aprobación definitiva y publicación del texto de la modificación de la Ordenanza de tramitación de licencias y declaraciones responsables de actuaciones urbanísticas en Galapagar.
El Pleno del Ayuntamiento de Galapagar, en sesión ordinaria celebrada el día 23 de julio de 2024, acordó aprobar inicialmente la modificación de la Ordenanza de tramitación de
licencias y declaraciones responsables de actuaciones urbanísticas en Galapagar, disponiendo la apertura del período de información pública.
Al haber transcurrido el período de información pública de 30 días abierto con la publicación de un edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 193,
de 14 de agosto de 2024, sin que se hayan presentado reclamaciones y sugerencias, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se tiene por aprobado
definitivamente la Ordenanza de tramitación de licencias y declaraciones responsables de
actuaciones urbanísticas en Galapagar.
En ejecución del acuerdo plenario se dispone la publicación del texto íntegro de la Ordenanza para su entrada en vigor, de acuerdo con el artículo 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
Régimen de recursos.—Contra la aprobación definitiva de la Ordenanza de tramitación
de licencias y declaraciones responsables de actuaciones urbanísticas en Galapagar, por tratarse de una disposición de carácter general, cabe interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, en el plazo de dos (2) meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del
texto íntegro en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo que
disponen los artículos 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y 10, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
ORDENANZA DE TRAMITACIÓN DE LICENCIAS Y DECLARACIONES
RESPONSABLES DE ACTUACIONES URBANÍSTICAS
El Ayuntamiento, dentro de la línea marcada por la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en su redacción dada por la Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización
de la Administración de la Comunidad de Madrid, mediante la presente Ordenanza, dictada al amparo de las facultades otorgadas a las entidades locales por la Constitución Española y su normativa de desarrollo, pretende establecer el régimen de concesión de licencia
urbanística y declaración responsable en el municipio.
I. La actual Ordenanza municipal reguladora de la Intervención Administrativa en
las Actividades Urbanísticas fue publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 15 de septiembre de 2012. Durante sus once años de vigencia, se han sucedido modificaciones normativas que hacen precisa la presente actualización.
II. La actual Ordenanza municipal reguladora de la Instalación y Apertura de Establecimientos Comerciales, Industriales y de Servicios de Galapagar fue publicada en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 3 de diciembre de 2011, numero 287.
Como consecuencia de los nuevos medios de intervención que otorgaban mayor flexibilidad y simplificación introducidos principalmente a través de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y mediante la Ley 25/2009,
de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre
acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, entre las que cabe destacar la modificación
del artículo 84 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, al
BOCM-20241120-71
PREÁMBULO
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