Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 02-12-2024
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241202-56)
Convenio – Adenda de 8 de noviembre de 2024, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Daganzo de Arriba, para articular la atención a personas mayores en el Centro de Día Municipal de Personas Mayores de la Villa de Daganzo
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Convenio – Adenda de 8 de noviembre de 2024, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Daganzo de Arriba, para articular la atención a personas mayores en el Centro de Día Municipal de Personas Mayores de la Villa de DaganzoPág. 206
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 287
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
56
ADENDA de 8 de noviembre de 2024, de prórroga del convenio de colaboración
entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud
y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Daganzo de Arriba, para articular la
atención a personas mayores en el Centro de Día Municipal de Personas Mayores de la Villa de Daganzo.
Madrid, a 8 de noviembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, D. Manuel Jurado Marrufo, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Daganzo de Arriba, elegido por Acuerdo del Pleno de 17 de junio de 2023, en nombre y representación del citado Ayuntamiento, en virtud de su cargo y de las atribuciones que le confiere el artículo 30.1.a) de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la
Comunidad de Madrid, y en el marco de las competencias atribuidas a los municipios en
materia de Servicios Sociales por el artículo 11.d) de la Ley 12/2022, de 21 de diciembre,
de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 3.2 y disposición adicional primera de la Ley 1/2014, de 25 de julio, de Adaptación
del Régimen Local de la Comunidad de Madrid a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de
Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda de prórroga.
EXPONEN
Que el 30 de noviembre de 2023, suscribieron convenio de colaboración para articular
la atención a personas mayores en el Centro de Día Municipal de Personas Mayores de la Villa de Daganzo para el año 2024, con un plazo de vigencia de un año, del 1 de enero al 31 de
diciembre de 2024.
Que ambas partes desean continuar colaborando durante el ejercicio de 2025 en la gestión de los servicios de atención a las personas dependientes en el centro de día municipal
de Daganzo de Arriba.
Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, en aplicación del artículo 10.4.b) de la
Ley 1/2014, de 25 de julio, de Adaptación del Régimen Local de la Comunidad de Madrid
a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, este convenio de colaboración no precisa adaptación.
Formalizar la presente adenda de prórroga al convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
De conformidad con lo dispuesto en la cláusula décima del convenio suscrito el 30 de
noviembre de 2023, y dado que no se ha producido por ninguna de las partes denuncia ex-
BOCM-20241202-56
ACUERDAN
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