Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 02-12-2024
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241202-46)
Convenio – Convenio de colaboración de 6 de noviembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, para la atención en adicciones, abuso y uso inadecuado de las tecnologías de la relación, comunicación e información a adolescentes y sus familias
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Convenio – Convenio de colaboración de 6 de noviembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, para la atención en adicciones, abuso y uso inadecuado de las tecnologías de la relación, comunicación e información a adolescentes y sus familiasPág. 180
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 287
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
46
CONVENIO de colaboración de 6 de noviembre de 2024, entre la Comunidad de
Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el
Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, para la atención en adicciones, abuso y
uso inadecuado de las tecnologías de la relación, comunicación e información a
adolescentes y sus familias.
Madrid, a 6 de noviembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. Dña. Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales, nombrada en virtud de Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias
que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto, 48/2019, de 10 de
junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, la Excma. Sra. Dña. Paloma Tejero Toledo, Alcaldesa del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, en virtud de su nombramiento realizado por Acuerdo del Pleno de Constitución celebrado el día 17 de junio de 2023, actuando de conformidad con el apartado a) del punto 4 del artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose mutuamente la capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio, y en su
virtud
MANIFIESTAN
Que la Ley 4/2023, de 22 de marzo, de derechos, garantías y protección integral de la
infancia y la adolescencia de la Comunidad de Madrid establece en su artículo 13.4 que se
promoverá la realización de acuerdos de colaboración en materia de protección y promoción de los derechos de la infancia y adolescencia entre la Comunidad de Madrid y las entidades locales de su ámbito territorial en relación con las tecnologías de la información y
comunicación dentro del territorio de la Comunidad Autónoma. Estos acuerdos incluirán
mecanismos de supervisión.
El artículo 15 de esta misma ley dispone que los niños tienen derecho a ser protegidos
frente a conductas que puedan generar adicción, tales como los juegos de azar y apuestas,
el mal uso de las tecnologías, y el consumo de bebidas alcohólicas, tabaco, cannabis y otras
drogas y sustancias estupefacientes. La Comunidad de Madrid protegerá a la infancia y la
adolescencia promoviendo actuaciones alternativas, informativas y preventivas sobre los
riesgos de estas conductas y el consumo de estas sustancias, que serán desarrolladas en
coordinación y colaboración por los organismos competentes en materia de educación, sanidad, consumo, juego y los servicios de atención social de las entidades locales.
Asimismo, dispone que la Comunidad de Madrid desarrollará actuaciones específicas
y contará con recursos especializados para la detección y el tratamiento efectivo de adicciones en la población infantil y adolescente. Estas actuaciones se llevarán a cabo en espacios
adecuados para los niños, y contarán en su diseño, ejecución y evaluación con la colaboración de los servicios de atención social de las entidades locales y la participación de personas y entidades del tercer sector de acción social que puedan favorecer el cumplimiento de
sus objetivos.
Este mismo precepto también refiere que la Comunidad de Madrid promoverá acciones destinadas a la prevención de situaciones de alerta que comporten riesgo para la salud,
BOCM-20241202-46
Primero
Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 02-12-2024
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