Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 02-12-2024
Soto del Real (BOCM-20241202-100)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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Régimen económico. Ordenanza fiscalB.O.C.M. Núm. 287
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 277
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
100
SOTO DEL REAL
RÉGIMEN ECONÓMICO
Este Ayuntamiento en Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de septiembre de 2024,
acordó aprobar provisionalmente la ordenanza fiscal Reguladora de las tasas por los trámites administrativos y concesión de licencias de autotaxi del Ayuntamiento de Soto del Real que figura en el Anexo:
Transcurrido el plazo de treinta días de exposición pública, contados desde el 9 de octubre de 2024 hasta el 20 de noviembre de 2024 (ambos incluidos), efectuada mediante
anuncios publicado en el tablón de edictos y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID número 240, de 8 de octubre de 2024, sin que durante el mismo se presentasen
reclamaciones o sugerencias, dicho acuerdo se entiende definitivamente aprobado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49, de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de
las Bases de Régimen Local.
Contra el presente acuerdo definitivo podrá interponerse, con carácter previo, recurso de
reposición ante el Pleno del Ayuntamiento en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos
meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, según establece el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la misma, a continuación, se inserta el acuerdo adoptado y el texto íntegro de la ordenanza aprobada:
ANEXO
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LOS TRÁMITES
ADMINISTRATIVOS Y CONCESIÓN DE LICENCIAS DE AUTOTAXIS
DEL AYUNTAMIENTO DE SOTO DEL REAL
Artículo 1.—En uso de las facultades conferidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española de 1978 y conforme a lo dispuesto en los artículos 4 y 106 de la Ley 7/1985
de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y de acuerdo con lo previsto en el
texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, este Ayuntamiento establece las “Tasas por los trámites
administrativos y concesión de licencias de autotaxi del Ayuntamiento de Soto del Real”, que
se regirá por la presente ordenanza fiscal, cuyas normas atienden a lo prevenido en los artículos 15 a 27 y 57 del TRLRHL y a la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos.
Art. 2. Hecho imponible.—Constituye el hecho imponible de la tasa:
2.1. La concesión, expedición, registro y transmisión de la licencia y autorización
administrativa para el servicio de transporte en autotaxis y demás vehículos de alquiler de
las clases A, B y C del Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos de
Transportes de Automóviles ligeros.
2.2. El uso y explotación de las licencias a otro vehículo por sustitución del anterior.
2.3. La realización de la prueba de aptitud para la concesión del permiso municipal
de conductor de autotaxi y expedición del mismo.
2.4. La renovación cada cinco años del permiso municipal de conductor.
Art. 3. Devengo.—3.1. La Tasa se devengará en la fecha en que se conceda o expida la correspondiente licencia o autorización o fecha en la que se formalice la transmisión
de la licencia.
3.2. En el momento en que comunique a la administración el cambio de vehículo afecto.
BOCM-20241202-100
Fundamento legal
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