Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 03-12-2024

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
03/12/2024

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241203-51)

Convenio – Adenda de 8 de noviembre de 2024, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Navalcarnero para articular la atención a personas mayores en la Residencia de Personas Mayores Municipal “Virgen de la Concepción” de Navalcarnero

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Convenio – Adenda de 8 de noviembre de 2024, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Navalcarnero para articular la atención a personas mayores en la Residencia de Personas Mayores Municipal “Virgen de la Concepción” de Navalcarnero
Página 1 del anuncio BOCM
Pág. 164

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 3 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 288

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
51

ADENDA de 8 de noviembre de 2024, de prórroga del convenio de colaboración
entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud
y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Navalcarnero para articular la atención a personas mayores en la Residencia de Personas Mayores Municipal “Virgen de la Concepción” de Navalcarnero.
Madrid, a 8 de noviembre de 2024.
REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, D. José Luis Adell Fernández, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Navalcarnero elegido en sesión constitutiva de esa Corporación Municipal de fecha 17 de junio
de 2023, en nombre y representación del citado Ayuntamiento en virtud de su cargo y de las
atribuciones que le confiere el artículo 30.1.a) de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, y en el marco de las competencias atribuidas
a los municipios en materia de Servicios Sociales por el artículo 11.d) de la Ley 12/2022,
de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 3.2 y disposición adicional primera de la Ley 1/2014, de 25 de julio, de Adaptación del Régimen Local de la Comunidad de Madrid a la Ley 27/2013, de 27
de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda de prórroga.
EXPONEN
Que el 28 de diciembre de 2022, suscribieron convenio de colaboración para articular
la atención a personas mayores en la Residencia de Personas Mayores Municipal “Virgen
de la Concepción” de Navalcarnero para el año 2023, con un plazo de vigencia de un año,
del 1 de enero al 31 de diciembre del 2023.
Que con fecha 12 de diciembre de 2023 suscribieron una adenda de prórroga del citado convenio para el año 2024.
Que ambas partes desean continuar colaborando durante el ejercicio de 2025 en la gestión de los servicios de atención a las personas dependientes en la Residencia de Personas
Mayores Municipal “Virgen de la Concepción” de Navalcarnero.
Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, en aplicación del artículo 10.4.b) de la
Ley 1/2014, de 25 de julio, de Adaptación del Régimen Local de la Comunidad de Madrid,
a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, este convenio de colaboración no precisa adaptación.

Formalizar la presente adenda de prórroga al convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
De conformidad con lo dispuesto en la cláusula undécima del convenio suscrito el 28
de diciembre de 2022 y dado que no se ha producido por ninguna de las partes denuncia ex-

BOCM-20241203-51

ACUERDAN

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