Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 03-12-2024
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241203-35)
Convenio – Convenio de 15 de noviembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la empresa Alcampo, S. A., para el patrocinio de la convocatoria autonómica del concurso escolar 2024-2025 Consumópolis20 sobre consumo responsable, bajo el lema: “¿Sabes lo que Consumes? Únete a un consumo más consciente y solidario”
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Convenio – Convenio de 15 de noviembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la empresa Alcampo, S. A., para el patrocinio de la convocatoria autonómica del concurso escolar 2024-2025 Consumópolis20 sobre consumo responsable, bajo el lema: “¿Sabes lo que Consumes? Únete a un consumo más consciente y solidario”B.O.C.M. Núm. 288
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 3 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 131
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
35
CONVENIO de 15 de noviembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través
de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la empresa Alcampo, S. A.,
para el patrocinio de la convocatoria autonómica del concurso escolar 2024-2025
Consumópolis20 sobre consumo responsable, bajo el lema: “¿Sabes lo que Consumes? Únete a un consumo más consciente y solidario”.
REUNIDOS
De una parte, Daniel Rodríguez Asensio, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid en su calidad de Viceconsejero de Economía y Empleo, nombrado mediante Decreto 91/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de julio de 2023) y en el ejercicio de las competencias recogidas
en la Orden de 17 de abril de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por
la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el protectorado de fundaciones; y de conformidad con lo dispuesto en el apartado tercero del artículo 4
de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid
a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 1/2001, de 29 de marzo, sobre los órganos competentes para la suscripción de convenios, en relación con el artículo 3.2.b) del
Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad
convencional de la Comunidad de Madrid; y en virtud de las atribuciones que en materia de
consumo le confiere el Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo; en adelante denominado Patrocinado.
Y de otra, Don Marcelino Pastor González, mayor de edad, en nombre y representación de Alcampo, S. A. (en adelante, Alcampo), con N.I.F. A-28581882 y domicilio social
en 28029 Madrid, Edificio de Oficinas La Vaguada, C/ Santiago de Compostela Sur, s/n,
inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 40.204, Folio 89, Hoja M-66.724, haciendo uso de las facultades conferidas a su favor en la escritura de poder de fecha 11 de
marzo de 2022, autorizada por el Notario de Madrid Dña. Elena Turiel Ibáñez, bajo el número 553 de su protocolo, que causó la inscripción 833 en el Registro Mercantil de Madrid,
en adelante denominado Patrocinador.
Intervienen en nombre de los organismos o entidades que representan, que serán consideradas las partes del convenio y se reconocen, mutua y respectivamente, la competencia
y la capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y a tal efecto,
I. Que la Comunidad de Madrid tiene atribuida la competencia para el desarrollo legislativo, la potestad reglamentaria y la ejecución en materia de defensa del consumidor, de
acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general y la política monetaria del Estado, en los términos de lo dispuesto en el artículo 149.1 de la Constitución
Española, y en el artículo 27.10 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid,
aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero.
II. Que la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, en su artículo 3, reconoce como derecho básico de los consumidores
la educación en materia de consumo. A este respecto, la Comunidad de Madrid fomentará
la enseñanza, en todos los niveles educativos, de materias relacionadas con el consumo para
promover mayor libertad y racionalidad en el consumo de productos, bienes y servicios y
prevenir los riesgos derivados de su uso, y organiza, promueve y desarrolla programas de
educación y formación de consumidores, de acuerdo con lo establecido en los artículos 19
y 20 de la citada Ley 11/1998. Entre otras finalidades, estas actuaciones están destinadas a
BOCM-20241203-35
EXPONEN
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