Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 04-12-2024

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
04/12/2024

Las Rozas de Madrid (BOCM-20241204-82)

Organización y funcionamiento. Ordenanza zona bajas emisiones

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Organización y funcionamiento. Ordenanza zona bajas emisiones
Página 1 del anuncio BOCM
B.O.C.M. Núm. 289

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE DICIEMBRE DE 2024

Pág. 241

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
82

LAS ROZAS DE MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 21 de noviembre de 2024, adoptó acuerdo de aprobación definitiva de la ordenanza reguladora de la zona de bajas emisiones. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985 de
la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se procede a la íntegra publicación de la misma:
ORDENANZA REGULADORA DE LA ZONA DE BAJAS EMISIONES

El artículo 45 de la Constitución Española establece como principio rector de la política social y económica, la protección y conservación del medio ambiente como medio de
desarrollo adecuado para las personas. Dicha protección implica dos tipos de actuaciones,
las preventivas y las correctivas, configurándose las primeras como fundamentales para el
mantenimiento de la riqueza económica y social de las ciudades.
La Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética prevé el
establecimiento de zonas de bajas emisiones (en adelante ZBE) con el fin de mejorar la calidad del aire y mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero. Para la consecución
de dichas mejoras en la calidad del aire y la mitigación del cambio climático, es necesario,
en consonancia con lo dispuesto en el preámbulo de la citada Ley, fijar objetivos concretos
y cuantificables, que puedan ser convenientemente monitorizados y evaluados.
Asimismo, en su artículo 14.3, establece que los municipios españoles de más de 50.000
habitantes, cuando se superen los valores límite de los contaminantes regulados en el Real
Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire, deberán adoptar, antes de 2023, planes de movilidad urbana sostenible que introduzcan medidas de mitigación, que reduzcan las emisiones derivadas de la movilidad incluyendo, al menos, entre
otras, el establecimiento de ZBE. El establecimiento de estas ZBE es pues una obligación legal que posibilita la aplicación de medidas incluidas en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima y el Programa Nacional de Control de la Contaminación Atmosférica, y de los
compromisos adquiridos mediante la Declaración de Emergencia Climática.
En este sentido, el 9 de septiembre de 2022, la Junta de Gobierno Local de Las Rozas
de Madrid aprobó el Plan de Movilidad Urbana Sostenible de la ciudad, en adelante PMUS,
que combina el fomento de las medidas más tradicionales (carril bici, sendas peatonales…),
con iniciativas innovadoras y tecnológicas que contribuyen al crecimiento inteligente, eficiente y conectado de la ciudad, y que permiten un desarrollo urbano que prioriza la reducción del transporte individual en beneficio de los sistemas colectivos y de otros modos de
transporte no motorizados, siempre respetando el medio ambiente. Entre estas iniciativas,
el PMUS de Las Rozas de Madrid esboza las principales características y objetivos de la
ZBE municipal.
De forma paralela, con el ambicioso objetivo de alcanzar la neutralidad climática en el
año 2030, se ha redactado el Plan de Reducción de Emisiones “Las Rozas Objetivo
Cero 2030”, aprobado por la Junta de Gobierno Local el 2 de junio de 2023 y que establece un conjunto de medidas para la reducción de la huella de carbono municipal en los ámbitos del ahorro y la eficiencia energética, la utilización de energías limpias, la reducción
del consumo de combustibles fósiles y la absorción de CO2 .
Además de lo anterior, el Decreto 140/2017, de 21 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el protocolo marco de actuación durante episodios de alta contaminación por dióxido de nitrógeno (NO2) en la Comunidad de Madrid, y que ha sido modificado por el Decreto 38/2023, de 19 de abril, establece tres niveles de actuación en
función de las concentraciones de NO2. En dicho Decreto se expone que los municipios de
más de 75.000 habitantes deben aprobar un Protocolo de actuación aplicable durante los
episodios de alta contaminación por dióxido de nitrógeno, circunscrito a su término muni-

BOCM-20241204-82

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

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