Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 05-12-2024
El Boalo (BOCM-20241205-70)
Régimen económico. Calendario fiscal
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Régimen económico. Calendario fiscalB.O.C.M. Núm. 290
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 231
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
70
EL BOALO
RÉGIMEN ECONÓMICO
Don Sergio Sánchez Yunquera alcalde-presidente del Ayuntamiento de El Boalo.
BOCM-20241205-70
De conformidad con lo prevenido en los artículos 62.3 y 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, a los efectos de plazo de pago y notificación colectiva de los tributos de cobro periódico por recibo que más abajo se detallarán, he resuelto que la recaudación se lleve
a cabo en cualquier oficina del territorio nacional de las siguientes entidades bancarias autorizadas: La Caixa. Los documentos necesarios para efectuar el pago serán remitidos a los domicilios fiscales de los obligados al pago quienes, en caso de no recibirlos, extraviarlos u
otras circunstancias, podrán solicitar la expedición de un duplicado en las Oficinas Recaudatorias del Ayuntamiento sitas en plaza Mayor número 4 en Cerceda; plaza de la Constitución número 1, en El Boalo; y plaza de España, número 6, en Mataelpino. La recaudación de
los tributos durante el año 2025 se llevará a cabo en las siguientes fechas:
— Del 1 de marzo al 30 de abril de 2025:
d Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica 2025.
d Tasa de recogida de basura domiciliaria 2025.
d Tasa de vados 2025.
— Del 1 de mayo al 15 de julio de 2025:
d Primera fracción del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana 2025.
— Del 1 de octubre al 5 de diciembre de 2025:
d Segunda fracción del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana 2025.
d Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica 2025.
d Impuesto sobre actividades económicas 2025.
Los padrones correspondientes estarán expuestos en el Ayuntamiento durante los quince días anteriores a la fecha de inicio de cada período voluntario. Contra las liquidaciones contenidas en los mismos podrá formularse recurso de reposición, previo al contencioso administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de
exposición pública del Padrón (artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).
A los contribuyentes acogidos al Servicio Especial de Pagos, pago en 6, los recibos les
serán cargados en su cuenta bancaria los primeros días hábiles de los meses de abril, mayo,
junio, julio, agosto y septiembre del año 2025, según ordenanza municipal.
Finalizado el período voluntario, las deudas pendientes serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose los recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan en su tramitación.
En Boalo, a 26 de noviembre de 2024.—El alcalde, Sergio Sánchez Yunquera.
(01/19.456/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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