Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 27-12-2024
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES - Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad (BOCM-20241227-39)
Encomienda de gestión – Encomienda de gestión de 12 de diciembre de 2024, de la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad a la Dirección General de Servicios Sociales e Integración de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, para la realización de las tareas derivadas de la atención a las personas apoyadas que contacten telefónicamente con la Agencia
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Encomienda de gestión – Encomienda de gestión de 12 de diciembre de 2024, de la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad a la Dirección General de Servicios Sociales e Integración de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, para la realización de las tareas derivadas de la atención a las personas apoyadas que contacten telefónicamente con la AgenciaPág. 302
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 308
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
AGENCIA MADRILEÑA PARA EL APOYO A LAS PERSONAS
ADULTAS CON DISCAPACIDAD
39
ENCOMIENDA de Gestión de 12 de diciembre de 2024, de la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad a la Dirección General de Servicios Sociales e Integración de la Consejería de Familia, Juventud
y Asuntos Sociales, para la realización de las tareas derivadas de la atención a
las personas apoyadas que contacten telefónicamente con la Agencia.
De una parte, D.a Encarnación Rivero Flor, Directora de la Agencia Madrileña para el
Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad, nombrada mediante Decreto 214/2023,
de 19 de julio, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1 de la Ley 1/2023, de 15 de febrero, de Creación de
la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad, ente adscrito a la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
Y, de otra parte, D. Ignacio Ayres Janeiro, Director General de Servicios Sociales e Integración de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, nombrado por Decreto 166/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 5 del Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos
Sociales.
EXPONEN
Primero
Por Ley 1/2023, de 15 de febrero, se creó la Agencia Madrileña para el Apoyo a las
Personas Adultas con Discapacidad (en adelante, la Agencia), ente de derecho público con
personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada para el cumplimiento de
sus fines, adscrita en la actualidad a la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales,
entre cuyos fines figura el deber inexcusable de la curatela a las personas adultas con medidas de apoyo judiciales que residan en la Comunidad de Madrid, el fomento de actividades dirigidas a la inclusión social y promoción de su autonomía personal facilitando una
atención integral, así como la administración de los bienes de las personas curateladas cuando así lo determine la sentencia judicial.
La Agencia debe establecer los mecanismos que garanticen a las personas a las que
presta apoyo, la posibilidad de comunicar situaciones de urgencia en todo momento y arbitrará medidas que permitan dar respuesta a tales situaciones fuera del horario ordinario de
actividad de la misma.
La Dirección General de Servicios Sociales e Integración, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, ejerce las competencias de
impulso del desarrollo del Sistema de Información de Servicios Sociales y de instrumentos
de gestión compartida de las redes de atención social de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de las competencias de la consejería competente en materia de digitalización.
Careciendo las unidades administrativas de la Agencia de personal suficiente para
atender el servicio telefónico, y en aplicación de los principios de simplificación, economía
de costes y eficacia en la gestión, las partes, en nombre de los órganos que representan y al
amparo de lo establecido en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
BOCM-20241227-39
Segundo
Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 27-12-2024
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