Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 21-01-2025
Ajalvir (BOCM-20250121-49)
Urbanismo. Medidas urbanísticas
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Urbanismo. Medidas urbanísticasB.O.C.M. Núm. 17
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE ENERO DE 2025
Pág. 221
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
49
AJALVIR
URBANISMO
BOCM-20250121-49
El Pleno municipal, en su sesión ordinaria del día 3 de octubre de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:
Punto sexto.—Aprobación de la aplicación de la Ley 3/2024, de 28 de junio, de Medidas Urbanísticas para la Promoción de la Vivienda Protegida en la Comunidad de Madrid.
Acuerdo de aplicación en el municipio de Ajalvir, en la ordenanza 8: comercial y ordenanza 9: equipamientos.
Visto el expediente tramitado y vista la Ley 3/2024, de 28 de junio (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 157, de 3 de julio de 2024, páginas 9 a 13) Ley de
Medidas Urbanísticas para la Promoción de Vivienda Protegida.
Vista la propuesta de aprobación y tras amplia exposición y debate, se aprobó por unanimidad la aplicación de dicha precitada Ley 3/2024, de 28 de junio, en las ordenanzas zonales siguientes:
Ordenanza 8, comercial, en sus grados 1.o y 2.o de uso principal comercial (oficinas) y
ordenanza 9, equipamiento, con las condiciones del planeamiento municipal vigentes NN. SS.
de planeamiento de Ajalvir y el catálogo complementario de bienes a proteger, NN. SS. aprobadas por orden de 22 de febrero de 1991, de la Consejería de Política Territorial (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 59, de 11 de marzo de 1991, página 7) y
dicha aplicación aprobada en las ordenanzas 8, comercial, servicios, grado 1.o y 2.o uso comercial y ordenanza 9, equipamiento, uso dotacional, lo será con las condiciones de los artículos 1.o, apartados 1, 2, 3 y 4, 2.o, apartados, 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7, y la disposición transitoria
única, la disposición derogatoria única y la disposición final única de entrada en vigor, de la
precitada Ley 3/2024, de 28 de junio, Ley de Medidas Urbanísticas para la Promoción de Vivienda Protegida en la Comunidad de Madrid.
Lo que se acordó por unanimidad y se acordó publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la plataforma municipal y remitir copia a la Comunidad de Madrid.
Lo que se aprobó por unanimidad de los 11 miembros de la corporación (5 AIA, 1
PSOE, 1 Vox, 3 PP, 1 Más Madrid).
En Ajalvir, a 10 de enero de 2025.—El alcalde, Víctor Miguel Malo Gómez.
(03/402/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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