Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 18-02-2025

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
18/02/2025

Velilla de San Antonio (BOCM-20250218-78)

Organización y funcionamiento. Delegación funciones

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Contenido de la primera página

Organización y funcionamiento. Delegación funciones
Página 1 del anuncio BOCM
B.O.C.M. Núm. 41

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE FEBRERO DE 2025

Pág. 265

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
78

VELILLA DE SAN ANTONIO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Por resolución de Alcaldía de fecha 6 de febrero de 2025, la alcaldesa D.a Antonia Alcázar Jiménez delegaba en el concejal D. Rodrigo Alfonso Morales Sánchez, del 11 al 27
de febrero de 2025, el ejercicio de la totalidad de las funciones de la Alcaldía, lo que se publica a los efectos del artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Considerando que corresponde a los tenientes de alcalde, en cuanto a tales, sustituir en
la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al alcalde, en los casos de
ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a este para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones del alcalde en los supuestos de vacante en la
Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo alcalde.
Considerando que del 11 al 27 de febrero de 2025, la Sra. alcaldesa se encontrará
ausente del municipio.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, resuelvo,

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente recurso de reposición potestativo ante el alcalde de este Ayuntamiento, en
el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio,
de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la
publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer
el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por

BOCM-20250218-78

“Primero.—Delegar en Rodrigo Alfonso Morales Sánchez, el ejercicio de la atribución
de la Alcaldía relativa a la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, del 11
al 27 de febrero de 2025.
Segundo.—La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así
como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de
actos administrativos que afecten a terceros.
Tercero.—El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo
caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas
en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia.
Cuarto.—Las delegaciones conferidas en el presente decreto requerirá para su eficacia la
aceptación del órgano delegado, entendiéndose esta otorgada tácitamente si no se formula
ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de
tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
Quinto.—La presente resolución será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la
primera sesión que esta celebre.
Sexto.—En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente
las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
y del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en cuanto a
las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas”.

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