Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 10-03-2025
Madrid (BOCM-20250310-40)
Régimen económico. O. A. Agencia Tributaria Madrid. Matrícula impuestos
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Régimen económico. O. A. Agencia Tributaria Madrid. Matrícula impuestosPág. 128
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 58
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
40
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
O. A. Agencia Tributaria Madrid
BOCM-20250310-40
La Directora de la Agencia Tributaria Madrid, en el ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas por sus Estatutos, aprobados por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 22 de diciembre de 2008, por resoluciones de 5 de marzo de 2025, ha aprobado las
matrículas correspondientes a los siguientes tributos municipales para el ejercicio 2025, así
como la exposición al público del presente anuncio mediante su inserción en el tablón de
edictos del Ayuntamiento de Madrid:
— Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
— Tasa por Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local con Pasos de
Vehículos.
— Tasa por Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local por el Uso de Cajeros
Automáticos Propiedad de las Entidades Financieras.
Se pone en conocimiento de las personas o entidades obligadas al pago, que dichas matrículas estarán expuestas al público, pudiendo consultar sus datos según se indica a continuación, durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la
publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID:
— Contactando con la Plataforma de Atención Telefónica de la Agencia Tributaria
Madrid en el teléfono 914 800 010 (010 si llama desde la ciudad de Madrid) o a
través del número 900 111 065, destinado a las personas mayores de 65 años.
— Presencialmente en las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente. Podrá obtener la información necesaria para el acceso a dichas oficinas (direcciones, apertura, horarios, cita previa) si llama a los teléfonos anteriores, o en la dirección web
www.madrid.es/oaic
Se podrá interponer recurso de reposición potestativo ante la directora de la Agencia
Tributaria Madrid, previo a la reclamación económico-administrativa, o bien directamente
reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid, previa al recurso contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del período voluntario de pago (3 de junio).
Madrid, a 5 de marzo de 2025.—La directora de la Agencia Tributaria Madrid, Gema
T. Pérez Ramón.
(01/3.512/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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