Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 13-03-2025
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250313-34)
Convenio – Convenio de colaboración de 25 de febrero de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior) y el Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid en materia de sanidad, producción, protección y bienestar animal y por el que se encomienda al COLVEMA la expedición de la Tarjeta de Movimiento Equina (TME)
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Convenio – Convenio de colaboración de 25 de febrero de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior) y el Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid en materia de sanidad, producción, protección y bienestar animal y por el que se encomienda al COLVEMA la expedición de la Tarjeta de Movimiento Equina (TME)Pág. 114
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 13 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 61
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
34
CONVENIO de colaboración de 25 de febrero de 2025, entre la Comunidad de
Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior) y el Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid en materia de sanidad, producción, protección y
bienestar animal y por el que se encomienda al COLVEMA la expedición de la
Tarjeta de Movimiento Equina (TME).
REUNIDOS
De una parte, D. José Ignacio Tejerina Alfaro, Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, en virtud del Decreto 140/2023, de 5 de
julio, del Consejo de Gobierno, por el que se dispone su nombramiento (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 159 de 6 de julio, de 2023), actuando conforme a las
atribuciones que le confiere la Orden 984/2024, de 15 de marzo, de la Consejería de Medio
Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y la firma de convenios, se desconcentra el protectorado de fundaciones y se designa con carácter permanente a los miembros de las Mesas de Contratación de la Consejería
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 72, de 25 de marzo de 2024) y de
lo establecido en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que
se regula la actividad convencional en la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. Felipe Vilas Herranz, proclamado Presidente del Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid, en la sesión de la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid de 12 de noviembre de 2024, autorizado para el presente acto por la Junta
de Gobierno mediante acuerdo de 3 de diciembre de 2024, con sede en Madrid, calle Maestro
Ripoll, número 8, y CIF: Q-2871002-H.
Ambas partes, intervienen en virtud de sus respectivos cargos, y en el ejercicio de las
competencias que les están legalmente atribuidas, reconociéndose recíprocamente, capacidad para obligarse y otorgar el presente convenio a cuyo efecto,
I. El artículo 26.3.1.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, otorga a esta, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general y la
política monetaria del Estado, la competencia en materia de agricultura, ganadería e industrias agroalimentarias.
El Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, en
el artículo 12.2.d) y e) otorga a la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación las competencias en materia de la vigilancia, control y erradicación de las enfermedades de los animales, movimiento pecuario, así como las competencias en materia de protección y bienestar en animales de compañía, producción y los utilizados en experimentación.
II. Que el Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid conforme a lo dispuesto en los
estatutos del organismo, es una Corporación de Derecho Público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, que asume entre sus competencias la regulación del ejercicio profesional de los veterinarios en el ámbito territorial de
la Comunidad de Madrid, en los que recae la responsabilidad de algunas de las actuaciones
descritas en este Convenio, contribuyendo a optimizar los recursos humanos y estructurales de ambas partes.
III. Que el artículo 5.3 de la Ley 19/1997, de 11 de julio, de Colegios Profesionales
de la Comunidad de Madrid, establece que la Comunidad de Madrid podrá suscribir con los
Colegios Profesionales convenios de colaboración para la realización de actividades de interés común, para la promoción de actividades orientadas a la defensa del interés público y,
en especial, de los usuarios de los servicios profesionales.
BOCM-20250313-34
EXPONEN
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